III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Premios. (BOE-A-2021-4122)
Orden APA/236/2021, de 1 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Jacumar de investigación en acuicultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 15 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 30280

Ministerio (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/se), de acuerdo con lo establecido por
el artículo 14.3 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en atención a las especiales capacidades
técnicas y según su dedicación profesional a la investigación científica, según el
modelo de solicitud que se adjunte como anexo en cada convocatoria y que estará
disponible en dicha sede.
3. Dichas solicitudes se cumplimentarán en los términos que se establezcan en la
correspondiente convocatoria.
En el caso de personas físicas serán éstas quienes presenten la solicitud en dicho
registro electrónico. En el caso de equipos de investigación, habrán de nombrar un
representante del mismo por escrito para que presente la solicitud en el mencionado
registro, y se relacione con la Administración en este procedimiento.
4. Toda la documentación necesaria a aportar se presentará igualmente en dicha
sede en formato electrónico, a excepción de aquélla que por su naturaleza no sea
susceptible de ese tratamiento, la cual se presentará en papel presencialmente, en el
registro del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, situado en el Paseo de la
Infanta Isabel, 1 de Madrid, o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el
órgano instructor requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles,
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no
lo hiciere, se le tendrá por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el
artículo 21, en relación con el artículo 68, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
6. La presentación de la solicitud supone la autorización para que el órgano
instructor compruebe los datos u obtenga los certificados telemáticos del cumplimiento
de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según lo dispuesto en el
artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con la disposición adicional
octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales. No obstante, el solicitante podrá
oponerse a esa comprobación expresamente en la propia solicitud. En caso de
oposición, el solicitante deberá aportar los certificados, en los términos que exige el
artículo 22.4 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y que
al efecto concretará la convocatoria.
Artículo 5. Instrucción del procedimiento.
1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Dirección
General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, en los términos previstos por los
artículos 22 y 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Corresponde la valoración de las solicitudes al Jurado previsto en el artículo 9.
3. El Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, a la vista del informe
presentado por el Jurado, formulará la propuesta provisional de resolución y la notificará
a los interesados, mediante su publicación durante un plazo no inferior a 15 días hábiles
en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (https://
www.mapa.gob.es/), de acuerdo a lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
4. De acuerdo con lo señalado por artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el
procedimiento, ni sean tenidos en cuenta, otros hechos ni otras alegaciones y pruebas
que las aducidas por los interesados. En este caso la propuesta de resolución formulada
tendrá carácter de definitiva y se publicará durante un plazo no inferior a 15 días hábiles
en la web del Departamento.

cve: BOE-A-2021-4122
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Núm. 63