II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2021-3957)
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo, en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 29201
1.2 Funcionarios y funcionarias destinados en Comunidades Autónomas: Órgano
competente de la Consejería o Departamento correspondiente de la Comunidad de que
se trate.
1.3 Funcionarios y funcionarias en situación de excedencia voluntaria en sus
distintas modalidades y excedencia forzosa: Subdirección General de Recursos
Humanos e Inspección General de Servicios del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación de
su período de suspensión.
3. Los funcionarios y funcionarias que participen desde una situación distinta a la
de servicio activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo y los procedentes de la
situación de suspenso acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido
separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse
inhabilitados para el ejercicio de cargo público.
4. Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
5. Los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral se
acreditarán de la siguiente forma:
Destino previo del cónyuge funcionario: Se acreditará con certificación actualizada
del Registro Civil de inscripción matrimonial y con una certificación de la Unidad de
personal que acredite la localidad de destino del cónyuge, el puesto que desempeña, la
forma y fecha en que lo ha obtenido.
Cuidado de hijos e hijas: La edad del menor (fotocopia del Libro de Familia o de la
resolución administrativa o judicial correspondiente) y mejor atención al menor
(declaración jurada del progenitor solicitante), grado de discapacidad (certificado oficial
emitido por la Administración competente), fotocopia del carnet de familia numerosa.
Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro
escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo
de edad obligatoria de escolarización.
Cuidado de un familiar:
Parentesco, copia del Libro de Familia y/ o de otros documentos públicos que
acrediten la relación de consanguinidad o afinidad y el grado correspondiente.
Situación de dependencia, por edad, accidente, enfermedad o discapacidad:
certificado de dependencia emitido por los órganos correspondientes de las
Comunidades Autónomas, en los términos establecidos en el art 28.2 de la Ley 39/2006
de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia.
No desempeño de actividad retribuida (mediante certificado que acredite que no se
está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo
por cuenta propia o ajena, así como declaración de la persona dependiente de que no
desempeña actividad retribuida alguna), acceso desde municipio distinto (prestar
consentimiento fehaciente para realizar la consulta al sistema de Verificación de Datos
de Residencia para que los datos de empadronamiento sean recabados de oficio).
Mejor atención del familiar (declaración del solicitante justificando las razones que
avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del familiar, así como
documentación que acredite fehacientemente esta declaración).
En el supuesto del cuidado de un familiar, si el funcionario o funcionaria interesado
no prestara consentimiento fehaciente para realizar la consulta de oficio al Sistema de
Verificación de Datos de Residencia, o bien se produjeran otros supuestos que se
detallan en la normativa reguladora, el funcionario o funcionaria participante en el
concurso deberá aportar el certificado de empadronamiento, de acuerdo con el Real
Decreto 523/2006, de 28 de abril y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre,
cve: BOE-A-2021-3957
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
Sec. II.B. Pág. 29201
1.2 Funcionarios y funcionarias destinados en Comunidades Autónomas: Órgano
competente de la Consejería o Departamento correspondiente de la Comunidad de que
se trate.
1.3 Funcionarios y funcionarias en situación de excedencia voluntaria en sus
distintas modalidades y excedencia forzosa: Subdirección General de Recursos
Humanos e Inspección General de Servicios del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación de
su período de suspensión.
3. Los funcionarios y funcionarias que participen desde una situación distinta a la
de servicio activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo y los procedentes de la
situación de suspenso acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido
separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse
inhabilitados para el ejercicio de cargo público.
4. Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
5. Los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral se
acreditarán de la siguiente forma:
Destino previo del cónyuge funcionario: Se acreditará con certificación actualizada
del Registro Civil de inscripción matrimonial y con una certificación de la Unidad de
personal que acredite la localidad de destino del cónyuge, el puesto que desempeña, la
forma y fecha en que lo ha obtenido.
Cuidado de hijos e hijas: La edad del menor (fotocopia del Libro de Familia o de la
resolución administrativa o judicial correspondiente) y mejor atención al menor
(declaración jurada del progenitor solicitante), grado de discapacidad (certificado oficial
emitido por la Administración competente), fotocopia del carnet de familia numerosa.
Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro
escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo
de edad obligatoria de escolarización.
Cuidado de un familiar:
Parentesco, copia del Libro de Familia y/ o de otros documentos públicos que
acrediten la relación de consanguinidad o afinidad y el grado correspondiente.
Situación de dependencia, por edad, accidente, enfermedad o discapacidad:
certificado de dependencia emitido por los órganos correspondientes de las
Comunidades Autónomas, en los términos establecidos en el art 28.2 de la Ley 39/2006
de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia.
No desempeño de actividad retribuida (mediante certificado que acredite que no se
está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo
por cuenta propia o ajena, así como declaración de la persona dependiente de que no
desempeña actividad retribuida alguna), acceso desde municipio distinto (prestar
consentimiento fehaciente para realizar la consulta al sistema de Verificación de Datos
de Residencia para que los datos de empadronamiento sean recabados de oficio).
Mejor atención del familiar (declaración del solicitante justificando las razones que
avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del familiar, así como
documentación que acredite fehacientemente esta declaración).
En el supuesto del cuidado de un familiar, si el funcionario o funcionaria interesado
no prestara consentimiento fehaciente para realizar la consulta de oficio al Sistema de
Verificación de Datos de Residencia, o bien se produjeran otros supuestos que se
detallan en la normativa reguladora, el funcionario o funcionaria participante en el
concurso deberá aportar el certificado de empadronamiento, de acuerdo con el Real
Decreto 523/2006, de 28 de abril y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre,
cve: BOE-A-2021-3957
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Núm. 62