III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-3979)
Resolución de 23 de febrero de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de San Fernando (Cádiz) y la Universidad de Cádiz, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
6.
Sec. III. Pág. 29327
Comisión mixta.
Se constituye una comisión mixta integrada por dos representantes de cada una de las
partes, a la que corresponde, el seguimiento y evaluación de las actividades previstas en
el presente convenio, velar por el cabal cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos
por ambas partes y resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse.
Uno de los dos representantes, de cada una de las partes, será un tutor nombrado por
la Universidad de Cádiz y otro por el Imserso a través del CRMF San Fernando, para la
coordinación y el seguimiento de las actividades formativas que garantice la orientación y
la consulta del alumno/a, así como las relaciones con el Imserso a través del director
del CRMF San Fernando.
La comisión mixta constituirá el cauce estable de comunicación entre el Imserso y
la Universidad de Cádiz. La propia comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de
reuniones y de adopción válida de acuerdos.
La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera, del capítulo II, del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.
Realización y seguimiento de las prácticas.
Para la realización y el seguimiento de las prácticas el tutor designado por el CRMF
de San Fernando, del Imserso, se encargará de organizar la actividad a desarrollar
conforme al programa formativo, así como de la supervisión y seguimiento del estudiante
y de la valoración de sus prácticas.
Por parte de la Universidad el tutor académico, en coordinación con el tutor del centro
del Imserso, se encargará de velar por el desarrollo del proyecto formativo, del seguimiento
de los alumnos en prácticas para verificar su aprovechamiento y de la evaluación final de
la actividad.
8.
Derechos y obligaciones de los estudiantes en prácticas.
El/la estudiante en prácticas tendrá los derechos y deberes establecidos en el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario y el reglamento sobre prácticas académicas externas de la Universidad
de Cádiz.
A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad, a la información, a la evolución, y al propio desempeño de las prácticas en
igualdad de condiciones.
Asimismo, el/la estudiante en prácticas deberá, respetar el reglamento y normas
del CRMF San Fernando, guardar confidencialidad absoluta en relación con la información
interna del centro, incluso una vez finalizado el periodo de prácticas, firmar el compromiso
de prácticas externas, lo que implica a su vez la aceptación del contenido del reglamento
de prácticas externas de la Universidad de Cádiz, y presentar un informe final sobre la
práctica realizada.
Relación entre el Imserso y el/la estudiante en prácticas.
La realización de las prácticas del estudiante en el CRMF San Fernando, no supondrá
relación contractual con el Imserso de carácter laboral, ni relación contractual mercantil o
civil, al no concurrir los requisitos que exigen las leyes.
El CRMF San Fernando, del Imserso no está obligado a devengar contraprestación
económica alguna al estudiante.
10.
Protección de datos.
Todas las partes que por razón de las mismas tengan acceso a datos de carácter
personal, vendrán obligados a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
cve: BOE-A-2021-3979
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 62
Sábado 13 de marzo de 2021
6.
Sec. III. Pág. 29327
Comisión mixta.
Se constituye una comisión mixta integrada por dos representantes de cada una de las
partes, a la que corresponde, el seguimiento y evaluación de las actividades previstas en
el presente convenio, velar por el cabal cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos
por ambas partes y resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse.
Uno de los dos representantes, de cada una de las partes, será un tutor nombrado por
la Universidad de Cádiz y otro por el Imserso a través del CRMF San Fernando, para la
coordinación y el seguimiento de las actividades formativas que garantice la orientación y
la consulta del alumno/a, así como las relaciones con el Imserso a través del director
del CRMF San Fernando.
La comisión mixta constituirá el cauce estable de comunicación entre el Imserso y
la Universidad de Cádiz. La propia comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de
reuniones y de adopción válida de acuerdos.
La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y
supletoriamente por lo estipulado en la sección tercera, del capítulo II, del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.
Realización y seguimiento de las prácticas.
Para la realización y el seguimiento de las prácticas el tutor designado por el CRMF
de San Fernando, del Imserso, se encargará de organizar la actividad a desarrollar
conforme al programa formativo, así como de la supervisión y seguimiento del estudiante
y de la valoración de sus prácticas.
Por parte de la Universidad el tutor académico, en coordinación con el tutor del centro
del Imserso, se encargará de velar por el desarrollo del proyecto formativo, del seguimiento
de los alumnos en prácticas para verificar su aprovechamiento y de la evaluación final de
la actividad.
8.
Derechos y obligaciones de los estudiantes en prácticas.
El/la estudiante en prácticas tendrá los derechos y deberes establecidos en el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario y el reglamento sobre prácticas académicas externas de la Universidad
de Cádiz.
A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad, a la información, a la evolución, y al propio desempeño de las prácticas en
igualdad de condiciones.
Asimismo, el/la estudiante en prácticas deberá, respetar el reglamento y normas
del CRMF San Fernando, guardar confidencialidad absoluta en relación con la información
interna del centro, incluso una vez finalizado el periodo de prácticas, firmar el compromiso
de prácticas externas, lo que implica a su vez la aceptación del contenido del reglamento
de prácticas externas de la Universidad de Cádiz, y presentar un informe final sobre la
práctica realizada.
Relación entre el Imserso y el/la estudiante en prácticas.
La realización de las prácticas del estudiante en el CRMF San Fernando, no supondrá
relación contractual con el Imserso de carácter laboral, ni relación contractual mercantil o
civil, al no concurrir los requisitos que exigen las leyes.
El CRMF San Fernando, del Imserso no está obligado a devengar contraprestación
económica alguna al estudiante.
10.
Protección de datos.
Todas las partes que por razón de las mismas tengan acceso a datos de carácter
personal, vendrán obligados a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
cve: BOE-A-2021-3979
Verificable en https://www.boe.es
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