III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-3897)
Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Liga Nacional de Fútbol Profesional, para la actuación conjunta en materia antidrón en estadios deportivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Viernes 12 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 28729

medidas para su mitigación, consistiendo estas en el despliegue de sistemas de
detección y/o neutralización de UAS en estos recintos deportivos.
Cuarto.
En consonancia con la necesidad expuesta y siempre en aras a mejorar la eficacia
en garantizar la seguridad ciudadana y la protección a las personas, ambas partes
acuerdan articular conjuntamente la mejor forma para la implantación y uso de equipos
de detección y/o neutralización de UAS adquiridos por la LFP a los fines prevenidos y
operados por los servicios de seguridad de los Clubes bajo la dirección, coordinación y
supervisión de las FFCCSE en aquellas celebraciones de espectáculos deportivos de
esta naturaleza.
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto reforzar la colaboración entre la Secretaría de
Estado de Seguridad del Ministerio del Interior y la Liga Nacional de Fútbol Profesional
mejorando la política de seguridad integral de los estadios de fútbol ante la amenaza del
sobrevuelo de UAS con ocasión de la celebración de eventos deportivos.
Segunda.
A)

Compromiso de las partes.

La Liga Nacional de Fútbol Profesional se compromete a:

B)

El Ministerio del Interior se compromete a:

1. Integrar los sistemas de detección y neutralización, desplegados por la LFP, con
el Sistema SIGLO-CD.
2. Establecer, en todo momento, el modelo estándar de los datos captados por los
sistemas de detección, de los estadios deportivos gestionados por la LFP, que deberán
ser transmitidos al Sistema SIGLO-CD, de forma continua. Dicho modelo estándar
incluirá tan sólo datos sobre los drones detectados.

cve: BOE-A-2021-3897
Verificable en https://www.boe.es

1. Instalar sistemas de detección y/o neutralización de UAS, en aquellos estadios
de los Clubes que considere necesario proteger, cubriendo los respectivos costes de
adquisición, instalación y mantenimiento asociados, bien de forma directa y/o mediante
la aportación solidaria que realicen los Clubs que ostenten la titularidad de los estadios
deportivos a proteger.
2. Garantizar que las unidades detectoras, de los sistemas de detección instalados,
permanezcan activas durante las 24 horas de los 365 días del año, exceptuando los
tiempos recogidos dentro del mantenimiento de los equipos, al objeto de enviar –a la
base de datos del Sistema Global Contra Drones (en adelante SIGLO-CD) de la SES
para la detección de posibles vuelos no autorizados -de forma continua- los datos sobre
los UAS detectados y neutralizados, según el modelo de datos a definir por la SGSICS.
3. Dotar de los efectivos de seguridad privada necesarios para facilitar la operativa
de los sistemas de detección y neutralización de cada instalación deportiva, bajo la
supervisión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
4. A modo de estimación del gasto, para cumplimentar las actuaciones descritas en
los puntos anteriores, cabe señalar lo indicado en la memoria justificativa que se adjunta
al presente convenio en la que, como se podrá comprobar, se incorpora una estimación
económica –con varias opciones- en función de que los servidores y demás dispositivos
que compongan el sistema anti-drones se instalen y mantengan desde las instalaciones
de la LaLiga o desde la compañía adjudicataria del correspondiente servicio. Para dicha
estimación se ha efectuado un estudio real, en base a la protección que habría que
incorporar al estadio del Wanda Metropolitano de Madrid.