III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-3896)
Resolución de 23 de febrero de 2021, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Hacienda Foral de Navarra y las Diputaciones Forales del País Vasco, sobre la formación de un censo de carácter instrumental para el suministro inmediato de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Viernes 12 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 28721

instrumental, con el objetivo principal de facilitar la verificación de los datos identificativos
de los obligados tributarios que apliquen el SII y de los datos identificativos de la
contraparte de las operaciones registradas, así como distribuir la información a la
Administración que resulte competente.
V
Por otro lado, según establece el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en el ámbito de la Administración Tributaria del
Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o
dependientes, podrán celebrar convenios los titulares de los Departamentos Ministeriales
y los Presidentes o Directores de las dichas entidades y organismos públicos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la citada Ley 40/2015, el presente
Convenio cuenta con el informe favorable del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y la autorización previa del Ministerio de Hacienda.
Asimismo, se ha recabado con carácter previo a la autorización del Ministerio de
Hacienda, el informe del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, en virtud
de lo señalado en el Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de lo
dispuesto en la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban
las instrucciones para la tramitación de convenios.
En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, resulta competente el Director
Gerente de la Hacienda Foral de Navarra para la aprobación y firma del presente
Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley Foral 11/2019,
de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector
Público Institucional Foral y en el artículo 12.c) del Decreto Foral 300/2019, de 6 de
noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Hacienda
Foral de Navarra.
En el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia, el presente Convenio ha recibido la
autorización de las Juntas Generales de Bizkaia de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 182 del Reglamento de las Juntas Generales de Bizkaia aprobado el 25 de
marzo de 2015.
En el ámbito del Territorio Histórico de Gipuzkoa el presente Convenio ha recibido la
autorización de las Juntas Generales de Gipuzkoa de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 8, letra c) de la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización
Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
En el ámbito del Territorio Histórico de Álava, el presente Convenio se remitirá a las
Juntas Generales de Álava de conformidad con lo dispuesto en su normativa reguladora.
En consecuencia, siendo jurídicamente procedente y operativamente conveniente la
creación de un censo de carácter instrumental, todas las partes acuerdan celebrar el
presente Convenio con arreglo a los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se recojan los detalles
técnicos e informáticos del censo común instrumental, que se regirá por las siguientes

Primera.

Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto la creación de un censo de carácter
instrumental integrado por los obligados tributarios de las cinco Administraciones
implicadas, como elemento necesario para el correcto funcionamiento del SII.

cve: BOE-A-2021-3896
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