III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-3915)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., y Renfe-Operadora, Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, a efectos de optimización de procedimientos para la prestación de servicios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28886
– Iniciar las funciones de coordinación precisas en el momento en que reciba la
solicitud de la ONT.
– Nombrar a un responsable de la planificación y dirección de la operación.
– Realizar las gestiones que le sean solicitadas por la ONT ante aquellas entidades
cuya colaboración fuera necesaria.
– Informar, orientar y facilitar al mensajero el acceso y tránsito por las estaciones
ferroviarias.
La implicación de ambas organizaciones en las actividades definidas en el presente
Convenio se llevaran a cabo con medios propios y fundamentalmente consistirán en la
gestión de operativos de traslado de órganos para trasplante a través de la red ferroviaria
de Renfe y las actividades que estos definan y emprendan.
Tercera.
Confidencialidad.
La información perteneciente a cualquiera de las partes a la que la otra pudiera
ocasionalmente tener acceso en virtud del presente Convenio tiene carácter estrictamente
confidencial.
Las partes se obligan a mantener en secreto dicha información, tanto durante el plazo
de vigencia del presente Convenio como después de su expiración, salvo en aquellos
aspectos que hubiera pasado al dominio público o fuere notoria por medios ajenos a las
partes.
Asimismo, y con excepción de lo establecido expresamente en el presente Convenio,
las partes se obligan a mantener la más estricta confidencialidad respecto al contenido del
presente Convenio, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias
para asegurar el cumplimiento de esta obligación por sus respectivos empleados y/o
colaboradores.
Protección de datos personales.
Las partes del presente Convenio conocen y se obligan a cumplir el Reglamento
General de Protección de Datos o RGPD [Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas] y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, así como su normativa de desarrollo.
Los datos de carácter personal de los firmantes del presente Convenio o de las
personas de contacto que se faciliten a las otras partes, serán tratados con la finalidad de
gestionar la relación contractual que se formalice entre las partes, siendo la base
legitimadora del tratamiento la ejecución del presente Convenio. En este sentido, las partes
se comprometen a que los datos facilitados no se cederán a terceros, salvo obligación legal.
La Organización Nacional de Trasplantes, O.A., informa a Renfe Viajeros que podrá
ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
tratamiento y portabilidad de datos en la siguiente dirección postal: C/ Sinesio Delgado, 8,
pabellón 3, 28029 de Madrid, o a la siguiente dirección de correo electrónico: ont@sanidad.
gob.es, mediante escrito identificado con la referencia «Protección de Datos», en el que se
concrete solicitud, y que deberá ir acompañado de fotocopia del DNI, o documento oficial
que le acredite, del solicitante.
A su vez Renfe Viajeros informa a Organización Nacional de Trasplantes, O.A., que
podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
tratamiento y portabilidad de datos ante la asesoría jurídica de Renfe Viajeros mediante el
envío de un correo electrónico a derechos.viajeros@renfe.es o por correo postal dirigido a
Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A., avenida Ciudad de Barcelona, 8, 1.ª
planta, 28007 Madrid, en el que se concrete solicitud, y que deberá ir acompañado de
fotocopia de DNI o documento oficial que le acredite.
cve: BOE-A-2021-3915
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28886
– Iniciar las funciones de coordinación precisas en el momento en que reciba la
solicitud de la ONT.
– Nombrar a un responsable de la planificación y dirección de la operación.
– Realizar las gestiones que le sean solicitadas por la ONT ante aquellas entidades
cuya colaboración fuera necesaria.
– Informar, orientar y facilitar al mensajero el acceso y tránsito por las estaciones
ferroviarias.
La implicación de ambas organizaciones en las actividades definidas en el presente
Convenio se llevaran a cabo con medios propios y fundamentalmente consistirán en la
gestión de operativos de traslado de órganos para trasplante a través de la red ferroviaria
de Renfe y las actividades que estos definan y emprendan.
Tercera.
Confidencialidad.
La información perteneciente a cualquiera de las partes a la que la otra pudiera
ocasionalmente tener acceso en virtud del presente Convenio tiene carácter estrictamente
confidencial.
Las partes se obligan a mantener en secreto dicha información, tanto durante el plazo
de vigencia del presente Convenio como después de su expiración, salvo en aquellos
aspectos que hubiera pasado al dominio público o fuere notoria por medios ajenos a las
partes.
Asimismo, y con excepción de lo establecido expresamente en el presente Convenio,
las partes se obligan a mantener la más estricta confidencialidad respecto al contenido del
presente Convenio, comprometiéndose a adoptar todas las medidas que sean necesarias
para asegurar el cumplimiento de esta obligación por sus respectivos empleados y/o
colaboradores.
Protección de datos personales.
Las partes del presente Convenio conocen y se obligan a cumplir el Reglamento
General de Protección de Datos o RGPD [Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas] y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, así como su normativa de desarrollo.
Los datos de carácter personal de los firmantes del presente Convenio o de las
personas de contacto que se faciliten a las otras partes, serán tratados con la finalidad de
gestionar la relación contractual que se formalice entre las partes, siendo la base
legitimadora del tratamiento la ejecución del presente Convenio. En este sentido, las partes
se comprometen a que los datos facilitados no se cederán a terceros, salvo obligación legal.
La Organización Nacional de Trasplantes, O.A., informa a Renfe Viajeros que podrá
ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
tratamiento y portabilidad de datos en la siguiente dirección postal: C/ Sinesio Delgado, 8,
pabellón 3, 28029 de Madrid, o a la siguiente dirección de correo electrónico: ont@sanidad.
gob.es, mediante escrito identificado con la referencia «Protección de Datos», en el que se
concrete solicitud, y que deberá ir acompañado de fotocopia del DNI, o documento oficial
que le acredite, del solicitante.
A su vez Renfe Viajeros informa a Organización Nacional de Trasplantes, O.A., que
podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del
tratamiento y portabilidad de datos ante la asesoría jurídica de Renfe Viajeros mediante el
envío de un correo electrónico a derechos.viajeros@renfe.es o por correo postal dirigido a
Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A., avenida Ciudad de Barcelona, 8, 1.ª
planta, 28007 Madrid, en el que se concrete solicitud, y que deberá ir acompañado de
fotocopia de DNI o documento oficial que le acredite.
cve: BOE-A-2021-3915
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.