III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-3912)
Orden APA/224/2021, de 3 de marzo, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cítricos, comprendido en el cuadragésimo segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28842
2.º Fresco de calidad alta: Producción para ser consumida en fresco destinada a
mercados de mayor exigencia. Esta producción requiere por tanto una inversión en
costes y prácticas de cultivo dirigidas a obtener fruta de mejor calidad.
3.º Industria: producción destinada a la industria de los zumos, aplicando para ello
prácticas de cultivo dirigidas a maximizar el nivel de riqueza en zumo.
b) Edad de la plantación: Es el número de brotaciones de primavera transcurridas
desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.
c) Edad de la instalación:
1.º Estructura: Años transcurridos desde su construcción o desde la última reforma.
Se entiende por reforma, a la substitución de los elementos constitutivos de la
estructura por un importe mínimo del 70 por ciento del valor de la misma, siempre que se
realice en un máximo de tres años.
2.º Cerramiento: Meses trascurridos desde su instalación.
d)
Instalaciones asegurables: Se definen los siguientes tipos de instalaciones:
1.º Estructuras de protección antigranizo: Cobertura de mallas o redes, así como
sus medios de sostén y anclaje.
2.º Cortavientos artificiales: Instalación de materiales plásticos no deformables o de
obra, así como sus medios de sostén y anclaje que, constituyendo una cortina continua,
moderan la velocidad del viento en su zona de influencia.
3.º Invernaderos: Instalación permanente, accesible y con cerramiento total,
provista de estructura de madera, metálica u hormigón, con material de cerramiento de
malla, plástico, policarbonato, metacrilato o cristal, en cuyo interior se cultiven las
producciones asegurables.
Forman parte del invernadero las puertas, las ventanas y las mallas de sombreo,
incluida su motorización.
Cuando el invernadero disponga de distintos materiales de cerramiento, se
considerará como cerramiento el que menor protección ofrezca para el riesgo de helada.
Se consideran invernaderos diferentes, los aislados entre sí en el espacio o cuando
estando adosados no compartan ningún elemento estructural.
4.º Cabezal de riego:
Instalación constituida por:
Los equipos de bombeo de agua, filtrado, fertilización, controladores de caudal y
presión.
Automatismos de cuadro eléctrico y sus sistemas de protección, variadores y
arrancadores.
Red de tuberías desde el cabezal de riego, hasta el punto de acceso a cada parcela.
5.º
Red de riego localizado:
e) Plantación: extensión de terreno dedicada al cultivo de los bienes asegurables
que se encuentra sometida a unas técnicas de manejo adecuadas, concordantes con las
que tradicionalmente se realicen en la zona, y que tiendan a conseguir las producciones
potenciales que permitan las condiciones ambientales de la zona en que se ubique.
Se diferencian dos tipos de plantaciones:
1.º Plantones: plantación ocupada por árboles que se encuentren en el periodo
comprendido entre su implantación en el terreno y su entrada en producción.
Se entenderá alcanzada la entrada en producción, cuando la cosecha obtenida sea
comercialmente rentable.
cve: BOE-A-2021-3912
Verificable en https://www.boe.es
Dispositivos de riego dispuestos en las parcelas agrícolas, que dosifican el caudal de
agua a las necesidades de la planta.
Núm. 61
Viernes 12 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 28842
2.º Fresco de calidad alta: Producción para ser consumida en fresco destinada a
mercados de mayor exigencia. Esta producción requiere por tanto una inversión en
costes y prácticas de cultivo dirigidas a obtener fruta de mejor calidad.
3.º Industria: producción destinada a la industria de los zumos, aplicando para ello
prácticas de cultivo dirigidas a maximizar el nivel de riqueza en zumo.
b) Edad de la plantación: Es el número de brotaciones de primavera transcurridas
desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.
c) Edad de la instalación:
1.º Estructura: Años transcurridos desde su construcción o desde la última reforma.
Se entiende por reforma, a la substitución de los elementos constitutivos de la
estructura por un importe mínimo del 70 por ciento del valor de la misma, siempre que se
realice en un máximo de tres años.
2.º Cerramiento: Meses trascurridos desde su instalación.
d)
Instalaciones asegurables: Se definen los siguientes tipos de instalaciones:
1.º Estructuras de protección antigranizo: Cobertura de mallas o redes, así como
sus medios de sostén y anclaje.
2.º Cortavientos artificiales: Instalación de materiales plásticos no deformables o de
obra, así como sus medios de sostén y anclaje que, constituyendo una cortina continua,
moderan la velocidad del viento en su zona de influencia.
3.º Invernaderos: Instalación permanente, accesible y con cerramiento total,
provista de estructura de madera, metálica u hormigón, con material de cerramiento de
malla, plástico, policarbonato, metacrilato o cristal, en cuyo interior se cultiven las
producciones asegurables.
Forman parte del invernadero las puertas, las ventanas y las mallas de sombreo,
incluida su motorización.
Cuando el invernadero disponga de distintos materiales de cerramiento, se
considerará como cerramiento el que menor protección ofrezca para el riesgo de helada.
Se consideran invernaderos diferentes, los aislados entre sí en el espacio o cuando
estando adosados no compartan ningún elemento estructural.
4.º Cabezal de riego:
Instalación constituida por:
Los equipos de bombeo de agua, filtrado, fertilización, controladores de caudal y
presión.
Automatismos de cuadro eléctrico y sus sistemas de protección, variadores y
arrancadores.
Red de tuberías desde el cabezal de riego, hasta el punto de acceso a cada parcela.
5.º
Red de riego localizado:
e) Plantación: extensión de terreno dedicada al cultivo de los bienes asegurables
que se encuentra sometida a unas técnicas de manejo adecuadas, concordantes con las
que tradicionalmente se realicen en la zona, y que tiendan a conseguir las producciones
potenciales que permitan las condiciones ambientales de la zona en que se ubique.
Se diferencian dos tipos de plantaciones:
1.º Plantones: plantación ocupada por árboles que se encuentren en el periodo
comprendido entre su implantación en el terreno y su entrada en producción.
Se entenderá alcanzada la entrada en producción, cuando la cosecha obtenida sea
comercialmente rentable.
cve: BOE-A-2021-3912
Verificable en https://www.boe.es
Dispositivos de riego dispuestos en las parcelas agrícolas, que dosifican el caudal de
agua a las necesidades de la planta.