I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Presupuestos. (BOE-A-2021-3634)
Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Martes 9 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 27003

b) Corresponde a los titulares de las respectivas consejerías, así como de las
restantes secciones de gasto, previo informe de la respectiva Intervención Delegada, la
autorización de las transferencias de crédito que afecten, exclusivamente, a los créditos
del capítulo 1 «Gastos de personal» de su sección presupuestaria, que se encuadren en
programas del mismo grupo de función.
2. Con la finalidad de garantizar la correcta absorción de los fondos vinculados al
programa de recuperación «Next Generation EU», así como la mejor ejecución de los
Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, se habilita al titular de la consejería
competente en materia de hacienda a autorizar las modificaciones presupuestarias que
sean necesarias, incluidas aquellas que pudieran ser competencia del Consejo de
Gobierno. En éste último caso, se dará cuenta al Consejo de Gobierno de dichas
modificaciones presupuestarias en el plazo máximo de 10 días desde su realización.
3. Igualmente, durante el último cuatrimestre del año, y, en orden a facilitar las
operaciones de cierre del ejercicio, se habilita al titular de la consejería competente en
materia de hacienda a autorizar las modificaciones presupuestarias que sean
necesarias, incluidas aquellas que pudieran ser competencia del Consejo de Gobierno.
En éste último caso, se dará cuenta al Consejo de Gobierno de dichas modificaciones
presupuestarias en el plazo máximo de 10 días desde su realización.
Artículo 19.

Adaptaciones técnicas del presupuesto.

1. Desde la consejería competente en materia de hacienda se podrán efectuar en
los estados de gastos e ingresos de los presupuestos aprobados las adaptaciones
técnicas que sean precisas como consecuencia de reorganizaciones administrativas, del
traspaso de competencias del Estado y de la aprobación de normas con rango de ley.
Dichas adaptaciones podrán consistir en la apertura, modificación o supresión de
cualquier elemento de las clasificaciones orgánica, económica y funcional, así como en
la adecuación de la estructura presupuestaria de la presente ley a la gestión de los
créditos de los programas afectados por los cambios de competencias.
2. Así mismo, se autoriza a la consejería competente en materia de hacienda, a
propuesta de la dirección general competente en materia de fondos europeos, a realizar
las adaptaciones técnicas y presupuestarias para la habilitación de los créditos
necesarios y, en su caso, adecuación de los créditos cofinanciados por recursos de la
Unión Europea, en el proceso de implementación de la Inversión Territorial Integrada de
Castilla-La Mancha, cuyas áreas de actuación fueron definidas en el Consejo de
Gobierno de 25 de abril de 2016.
Artículo 20.

Anticipos de tesorería.

cve: BOE-A-2021-3634
Verificable en https://www.boe.es

Al amparo de lo previsto en el artículo 51 del texto refundido de la Ley de Hacienda
de Castilla-La Mancha, el límite máximo que puede conceder el Consejo de Gobierno
como anticipo de tesorería será del 1 por ciento de los créditos autorizados en la
presente ley.