III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2021-3589)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y el Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas, SA, para el intercambio regular de información con fines de investigación científica en el ámbito del mercado de trabajo y los efectos sobre el desempleo en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26788
Esta actuación se enmarca en la línea de impulsar la reutilización de la información del
sector público, favoreciendo el desarrollo de nuevas actividades económicas y ofreciendo
procedimientos que garanticen la anonimización de los datos personales.
Quinto.
Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la Ley 40/2015,
de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente
Convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de un mecanismo regular de
transmisión de información por parte del Servicio Público de Empleo Estatal al Instituto
Valenciano de Investigaciones Económicas SA (Ivie), para el desarrollo, por este último, de
los proyectos de investigación sobre el funcionamiento del mercado de trabajo español y
los efectos sobre el desempleo en España que se indican a continuación:
1. El coste social del desempleo en España. Desarrollado por el Ivie en colaboración
con la Fundación BBVA.
2. La calidad del empleo en la Comunitat Valenciana. Desarrollado por el Ivie en
colaboración con la Generalitat Valenciana.
3. Observatorio sobre el empleo decente en la Comunitat Valenciana. Desarrollado
por el Ivie en colaboración con la Generalitat Valenciana.
4. Laboratorio de Análisis y Evaluación de Políticas Públicas en colaboración con la
Generalitat Valenciana
La información a suministrar por el SEPE al Ivie será la que se describe en el Anexo
Único, pudiéndose modificar conforme a lo indicado en la cláusula Sexta.
Segunda.
Por parte del Ivie:
– Utilizar los datos suministrados por el SEPE que se describen en el Anexo Único
exclusivamente para el desarrollo de los proyectos de investigación que se indican en la
cláusula anterior o se aprueben conforme a lo indicado en la cláusula Sexta,
– Comunicar al responsable de la Comisión de coordinación y seguimiento del
Convenio señalada en la cláusula 6, la propuesta de proyectos que tiene previsto elaborar
el Ivie y en los que precisa hacer uso de la información suministrada por el SEPE.
– Velar por el adecuado uso y tratamiento de los datos suministrados, garantizando la
protección de datos.
– Facilitar al SEPE los resultados de las investigaciones llevadas a cabo con los datos
suministrados. En concreto, se facilitarán al final de cada año los estudios completos en
formato pdf desarrollados por el Instituto que hagan uso de los datos suministrados en el
marco de este Convenio.
– Citar correctamente la fuente de información de los datos suministrados por el SEPE
B) Por parte del SEPE y respecto a los proyectos de investigación objeto del presente
Convenio:
– Suministrar periódicamente los ficheros anonimizados con el detalle que se precisa
en el anexo único a este Convenio o se haya acordado conforme a lo indicado en la
cláusula sexta.
cve: BOE-A-2021-3589
Verificable en https://www.boe.es
A)
Actuaciones.
Núm. 57
Lunes 8 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26788
Esta actuación se enmarca en la línea de impulsar la reutilización de la información del
sector público, favoreciendo el desarrollo de nuevas actividades económicas y ofreciendo
procedimientos que garanticen la anonimización de los datos personales.
Quinto.
Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la Ley 40/2015,
de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente
Convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de un mecanismo regular de
transmisión de información por parte del Servicio Público de Empleo Estatal al Instituto
Valenciano de Investigaciones Económicas SA (Ivie), para el desarrollo, por este último, de
los proyectos de investigación sobre el funcionamiento del mercado de trabajo español y
los efectos sobre el desempleo en España que se indican a continuación:
1. El coste social del desempleo en España. Desarrollado por el Ivie en colaboración
con la Fundación BBVA.
2. La calidad del empleo en la Comunitat Valenciana. Desarrollado por el Ivie en
colaboración con la Generalitat Valenciana.
3. Observatorio sobre el empleo decente en la Comunitat Valenciana. Desarrollado
por el Ivie en colaboración con la Generalitat Valenciana.
4. Laboratorio de Análisis y Evaluación de Políticas Públicas en colaboración con la
Generalitat Valenciana
La información a suministrar por el SEPE al Ivie será la que se describe en el Anexo
Único, pudiéndose modificar conforme a lo indicado en la cláusula Sexta.
Segunda.
Por parte del Ivie:
– Utilizar los datos suministrados por el SEPE que se describen en el Anexo Único
exclusivamente para el desarrollo de los proyectos de investigación que se indican en la
cláusula anterior o se aprueben conforme a lo indicado en la cláusula Sexta,
– Comunicar al responsable de la Comisión de coordinación y seguimiento del
Convenio señalada en la cláusula 6, la propuesta de proyectos que tiene previsto elaborar
el Ivie y en los que precisa hacer uso de la información suministrada por el SEPE.
– Velar por el adecuado uso y tratamiento de los datos suministrados, garantizando la
protección de datos.
– Facilitar al SEPE los resultados de las investigaciones llevadas a cabo con los datos
suministrados. En concreto, se facilitarán al final de cada año los estudios completos en
formato pdf desarrollados por el Instituto que hagan uso de los datos suministrados en el
marco de este Convenio.
– Citar correctamente la fuente de información de los datos suministrados por el SEPE
B) Por parte del SEPE y respecto a los proyectos de investigación objeto del presente
Convenio:
– Suministrar periódicamente los ficheros anonimizados con el detalle que se precisa
en el anexo único a este Convenio o se haya acordado conforme a lo indicado en la
cláusula sexta.
cve: BOE-A-2021-3589
Verificable en https://www.boe.es
A)
Actuaciones.