III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-3512)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Línea eléctrica a 132 kV, de doble circuito, de alimentación a la ST Algueña, desde la línea eléctrica Jumilla-Luzentia y Blanca-Jumilla, a su paso por la Región de Murcia y la provincia de Alicante".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 6 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26398
Se pueden producir impactos potenciales sobre los siguientes espacios ubicados en
la Región de Murcia:
– LIC Sierra el Carche: el apoyo 6 se sitúa a 1.380 m y el apoyo 8 a 1.740 m de este
espacio. Destaca la comunidad de especies de aves rapaces, como el águila calzada
(Hieraaetus pennatus) o el águila culebrera (Circaetus gallicus), águila real (Aquila
chrysaetos) o el halcón peregrino (Falco peregrinus).
– LIC/ZEPA Sierra de La Pila: el apoyo 50 m se localiza a unos 5.000 m de este
espacio. Destacan las siguientes especies: chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax),
águila real (Aquila chrysaetos), águila calzada (Hieraaetus pennatus), azor común
(Accipiter gentilis), halcón peregrino (Falco peregrinus), búho real (Bubo bubo) y águila
perdicera (Aquila fasciata).
La línea eléctrica atraviesa un corredor ecológico de la «Red de corredores
ecológicos» elaborada por la Región de Murcia, cuyo objetivo es asegurar la
funcionalidad de las áreas protegidas y de coherencia a la Red Natura 2000. Se trata del
corredor ecológico n.º 8 que conecta los espacios LIC Sierra el Carche y LIC/ZEPA
Sierra de La Pila. Este corredor se vertebra por la Sierra de los Ruices y genera una
conectividad a asociaciones vegetales, representadas por los siguientes hábitats de
interés comunitario: 5210 «Matorrales arborescentes de Juniperus spp»; 9540 «Pinares
mediterráneos de pinos mesógenos endémicos»; y 6220* «Zonas subestépicas de
gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea». Además, supone una zona de alto
interés para la conservación de aves esteparias, con alcaraván común (Burhinus
oedicnemus), terrera común (Calandrella brachydactyla), cogujada montesina (Galerida
theklae), totovía (Lullula arborea) o calandria (Melanocorypha calandra) como especies
inventariadas en la zona de proyecto. La alternativa seleccionada sobrevuela el corredor
ecológico n.º 8 en 4.477 metros, por lo que supone un impacto potencial sobre la función
de conectividad del mismo, generando un riesgo de colisión para la avifauna.
En función de esta información, se concluye que el proyecto puede tener
repercusiones sobre los espacios de la Red Natura 2000 mencionados, por las
afecciones potenciales sobre especies protegidas y sus poblaciones. Por lo tanto, se
hace necesaria una evaluación adecuada de las mismas, según lo establecido en el
artículo 46, apartado 4 de la ley 33/2015 que modifica la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
2. En el informe emitido por SEO-Birdlife se indica que, teniendo en consideración
lo establecido en el artículo 6.3 de la Directiva de Hábitats, se considera necesario llevar
a cabo una adecuada evaluación del lugar (espacios Red Natura) y por lo tanto se
someterá el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria. Se llevará a cabo un
estudio de afecciones sobre los espacios de la Red Natura 2000, teniendo en cuenta
todos los espacios que puedan verse afectados de forma directa o indirecta. Del mismo
modo, deberán analizarse las afecciones sobre las IBA, sobre los diferentes Planes de
Recuperación de especies amenazadas afectadas de Murcia y Alicante, hábitats de
interés comunitario, así como el resto de espacios protegidos existentes en el ámbito de
actuación.
Impactos sobre la fauna
1. Del informe emitido por la Subdirección de Biodiversidad Terrestre y Marina del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se destaca lo siguiente:
En el área se pone de manifiesto la presencia de especies asociados a los espacios
protegidos mencionados en el apartado anterior, que pueden utilizar el área del proyecto
como área de campeo y de alimentación. Se destaca la afección sobre las siguientes
especies:
El águila real (Aquila chrysaetos) y el águila perdicera (Aquila fasciata), cuyas áreas
de distribución se solapan con parte de la línea eléctrica proyectada habiéndose
cve: BOE-A-2021-3512
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Sábado 6 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26398
Se pueden producir impactos potenciales sobre los siguientes espacios ubicados en
la Región de Murcia:
– LIC Sierra el Carche: el apoyo 6 se sitúa a 1.380 m y el apoyo 8 a 1.740 m de este
espacio. Destaca la comunidad de especies de aves rapaces, como el águila calzada
(Hieraaetus pennatus) o el águila culebrera (Circaetus gallicus), águila real (Aquila
chrysaetos) o el halcón peregrino (Falco peregrinus).
– LIC/ZEPA Sierra de La Pila: el apoyo 50 m se localiza a unos 5.000 m de este
espacio. Destacan las siguientes especies: chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax),
águila real (Aquila chrysaetos), águila calzada (Hieraaetus pennatus), azor común
(Accipiter gentilis), halcón peregrino (Falco peregrinus), búho real (Bubo bubo) y águila
perdicera (Aquila fasciata).
La línea eléctrica atraviesa un corredor ecológico de la «Red de corredores
ecológicos» elaborada por la Región de Murcia, cuyo objetivo es asegurar la
funcionalidad de las áreas protegidas y de coherencia a la Red Natura 2000. Se trata del
corredor ecológico n.º 8 que conecta los espacios LIC Sierra el Carche y LIC/ZEPA
Sierra de La Pila. Este corredor se vertebra por la Sierra de los Ruices y genera una
conectividad a asociaciones vegetales, representadas por los siguientes hábitats de
interés comunitario: 5210 «Matorrales arborescentes de Juniperus spp»; 9540 «Pinares
mediterráneos de pinos mesógenos endémicos»; y 6220* «Zonas subestépicas de
gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea». Además, supone una zona de alto
interés para la conservación de aves esteparias, con alcaraván común (Burhinus
oedicnemus), terrera común (Calandrella brachydactyla), cogujada montesina (Galerida
theklae), totovía (Lullula arborea) o calandria (Melanocorypha calandra) como especies
inventariadas en la zona de proyecto. La alternativa seleccionada sobrevuela el corredor
ecológico n.º 8 en 4.477 metros, por lo que supone un impacto potencial sobre la función
de conectividad del mismo, generando un riesgo de colisión para la avifauna.
En función de esta información, se concluye que el proyecto puede tener
repercusiones sobre los espacios de la Red Natura 2000 mencionados, por las
afecciones potenciales sobre especies protegidas y sus poblaciones. Por lo tanto, se
hace necesaria una evaluación adecuada de las mismas, según lo establecido en el
artículo 46, apartado 4 de la ley 33/2015 que modifica la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
2. En el informe emitido por SEO-Birdlife se indica que, teniendo en consideración
lo establecido en el artículo 6.3 de la Directiva de Hábitats, se considera necesario llevar
a cabo una adecuada evaluación del lugar (espacios Red Natura) y por lo tanto se
someterá el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria. Se llevará a cabo un
estudio de afecciones sobre los espacios de la Red Natura 2000, teniendo en cuenta
todos los espacios que puedan verse afectados de forma directa o indirecta. Del mismo
modo, deberán analizarse las afecciones sobre las IBA, sobre los diferentes Planes de
Recuperación de especies amenazadas afectadas de Murcia y Alicante, hábitats de
interés comunitario, así como el resto de espacios protegidos existentes en el ámbito de
actuación.
Impactos sobre la fauna
1. Del informe emitido por la Subdirección de Biodiversidad Terrestre y Marina del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se destaca lo siguiente:
En el área se pone de manifiesto la presencia de especies asociados a los espacios
protegidos mencionados en el apartado anterior, que pueden utilizar el área del proyecto
como área de campeo y de alimentación. Se destaca la afección sobre las siguientes
especies:
El águila real (Aquila chrysaetos) y el águila perdicera (Aquila fasciata), cuyas áreas
de distribución se solapan con parte de la línea eléctrica proyectada habiéndose
cve: BOE-A-2021-3512
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56