III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-3511)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Prórroga vigencia concesión explotación "Alfa-2 (1.ª fracción)" n.º 16.241-01 (Cantabria y Palencia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 6 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 26383

Para minimizar la visibilidad de la explotación, el Estudio indica que se procederá al
establecimiento de caballones perimetrales, especialmente en los límites oeste, suroeste
y sur del área de explotación donde se dará mayor visibilidad desde las carreteras A-67 y
N-611, así como desde los núcleos urbanos de Sotillo, Mataporquera, Matarrepudio y el
Haya, y el establecimiento sobre ellos de pantallas vegetales con especies arbóreas y
arbustivas propias de la zona (quejigo, melojo, majuelo, endrino, etc.).
No obstante, el promotor indica que las principales medidas correctoras del impacto
sobre el paisaje se incluyen en el plan de restauración, destacando el remodelado
superficial del hueco minero residual y la revegetación del espacio afectado. Ya en la
primera fase y en concreto en los bancos al norte de la cantera, se procederá a su
restauración mediante hidrosiembra y plantaciones al alcanzar el estado final. Con la
plantación de árboles se pretende crear una pantalla vegetal que oculte el área de la
explotación. Finalizada la explotación se procederá a retirar todos los elementos e
instalaciones relacionadas con la actividad extractiva que pudieran quedar en el recinto,
tales como maquinaria minera, casetas de oficinas o almacenes, así como cualquier otro
material existente.
La Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental
Urbanística de Cantabria, analizado el proyecto y su plan de restauración y teniendo en
cuenta la Ley 4/2014, de 22 de diciembre del paisaje de Cantabria, indica que
temporalmente debería anticiparse la ejecución efectiva de las medidas de integración
paisajística a la completa finalización de los trabajos de explotación. Efectivamente, el
modelo de explotación y el plan de restauración no permiten adelantar la mayor parte de
los trabajos de restauración hasta el final de la fase de explotación, programada para la
Alternativa 2 en 54 años, lo que motivó una consulta adicional a esa Dirección General
para que mostrara su conformidad o no con el modelo y las medidas previstas por el
promotor. Según indica su contestación, esa Dirección General solicitó a su vez nuevo
informe a la Dirección General de Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y
Cambio Climático de Cantabria, sin que haya remitido posteriormente un nuevo
pronunciamiento.
Por su parte, la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio
Climático no considera conveniente ni efectivo el establecimiento de caballones
perimetrales para la minimización del impacto paisajístico, ya que ello podría suponer el
incremento de la cuenca visual afectada por el proyecto, por lo que estima que la medida
debe ser reconsiderada. Respecto el plan de restauración, señala la necesidad de incluir
la restauración de los huecos existentes dentro del perímetro vigente y que quedan fuera
del nuevo perímetro, siendo necesario clarificar las operaciones a realizar en los mismos
(presupuesto, programación, seguimiento). Además, señala que durante el primer año el
plan no incluye medidas propiamente dichas de restauración, en la fase de labores
preparatorias, señalando la necesidad de iniciar de inmediato las labores de restauración
de los citados huecos mineros existentes así como las destinadas a la formación de la
pantalla vegetal.
C.2.7. Población, salud humana. La distancia existente entre la explotación y los
núcleos de población más próximos hace que los efectos sobre la población por ruido,
vibraciones, polvo u otros contaminantes atmosféricos no sean significativos, habiéndose
además establecido las medidas mitigadoras indicadas para el factor aire para minimizar
dichos impactos.
Pudiera existir cierto riesgo de accidentes si personas ajenas a la explotación entran
en ella. Con el fin de prevenirlo, el Estudio prevé la señalización de la actividad minera y
el vallado del perímetro de la explotación. Además, prevé informar a la población local
sobre las características de la actividad a desarrollar (voladuras, tráfico, etc.) y realizar
los desvíos precisos en los caminos vecinales existentes a fin de garantizar la
permeabilidad territorial y el acceso a todas las fincas en el entorno. También prevé
plantear, en caso necesario y en coordinación con la autoridad competente, la mejora de
la intersección del camino de acceso a la explotación con la carretera N-611 hacia las
instalaciones de la empresa en Mataporquera.

cve: BOE-A-2021-3511
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 56