III. Otras disposiciones. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Becas. (BOE-A-2020-11989)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se convocan becas de formación en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266

Jueves 8 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 85662

o de cualquier entidad de carácter público. Las personas con discapacidad, con grado de
minusvalía igual o superior al 33 por 100 que lo soliciten, recibirán las adaptaciones y los
ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la realización de las pruebas de
acceso y, en su caso, de las actividades formativas, para asegurar su participación en
condiciones de igualdad.
e) No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No haber sido beneficiario de una beca en el Tribunal Constitucional con el mismo
objeto de las ahora convocadas. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones
no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por tiempo inferior a
seis meses.
Cuarta.

Requisitos de las solicitudes.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 a la presente
resolución, que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es, y
deberán dirigirse al Secretario General del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes
deberán presentarse obligatoria y exclusivamente a través del Registro Electrónico del
Tribunal Constitucional (www.tribunalconstitucional.es), apartado sede electrónica procesos selectivos.
2. A la instancia firmada deberá adjuntarse la siguiente documentación en formato
digital:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Copia del expediente académico completo con todas las calificaciones, sin
perjuicio de la subsiguiente aportación de su certificado en los términos de la base 6.3.
c) Curriculum vitae expresivo de:

d) Justificación documental de los méritos y actividades reseñados, mediante copia
simple, sin perjuicio de la subsiguiente aportación de certificados en los términos de la
base 6.3.
e) Declaración responsable de hallarse al corriente del pago de las obligaciones
tributarias y de la Seguridad Social y no encontrarse incurso en ninguna de las
circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, conforme al anexo 3 de esta convocatoria.
3. El resumen del curriculum vitae deberá expresarse en el formulario que se publica
como anexo 2 a la presente convocatoria, y que estará disponible en la dirección web
www.tribunalconstitucional.es.

cve: BOE-A-2020-11989
Verificable en https://www.boe.es

– Titulaciones académicas, indicando expresamente la fecha de iniciación y
terminación de los estudios, así como la fecha de expedición del título, las calificaciones
obtenidas más relevantes relacionadas con el objeto de la beca y la calificación media en
base diez, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de
5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de
calificaciones en las titulaciones nacionales universitarias de carácter oficial y validez en
todo el territorio nacional.
– Cursos recibidos o impartidos en materias jurídicas o de interés constitucional.
– Publicaciones en materias jurídicas o de interés constitucional.
– Experiencia laboral, profesional o de voluntariado relacionada con el objeto de la
beca.
– Idiomas extranjeros, autovalorados de acuerdo con la escala de seis niveles del
Marco común europeo de referencia para idiomas elaborado por el Consejo de Europa
(CV Europass).
– Cualquier otro mérito estrictamente relacionado con el objeto de la beca y que pueda
resultar de interés a juicio del solicitante.