III. Otras disposiciones. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Becas. (BOE-A-2020-11988)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se convoca beca de formación en tareas relacionadas con el Derecho constitucional comparado y la actividad internacional del Tribunal Constitucional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266

Jueves 8 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 85653

e) No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No haber sido beneficiario de una beca en el Tribunal Constitucional con el mismo
objeto de la ahora convocada. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones
no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por tiempo inferior a
seis meses.
Cuarta.

Requisitos de las solicitudes.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 a la presente
resolución, que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es, y
deberán dirigirse al secretario general del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes
deberán presentarse obligatoria y exclusivamente a través del Registro Electrónico del
Tribunal Constitucional (www.tribunalconstitucional.es), apartado sede electrónica procesos selectivos.
2. A la instancia firmada deberá adjuntarse la siguiente documentación en formato
digital:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Copia del expediente académico completo con todas las calificaciones, sin
perjuicio de la subsiguiente aportación de su certificado en los términos de la base 6.3.
c) Curriculum vitae expresivo de:
– Titulaciones académicas, indicando expresamente la fecha de iniciación y
terminación de los estudios, así como la fecha de expedición del título, las calificaciones
obtenidas más relevantes y la calificación media en base diez, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se
establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones
nacionales universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
– Cursos recibidos o impartidos en materias relacionadas con el objeto de la beca.
– Publicaciones en materias relacionadas con el objeto de la beca.
– Experiencia laboral, profesional o de voluntariado.
– Cualquier otro mérito estrictamente relacionado con el objeto de la beca y que pueda
resultar de interés a juicio del solicitante.

3. El resumen del curriculum vitae deberá expresarse en el formulario que se publica
como anexo 2 a la presente convocatoria, y que estará disponible en la dirección web
www.tribunalconstitucional.es.
4. Los participantes en la convocatoria podrán presentar una memoria en la que se
expongan, de forma ordenada y clara, las razones que les mueven a optar a la beca y una
reflexión personal sobre la materia objeto de la misma. La memoria tendrá una extensión
máxima de 3.000 palabras. La valoración de la memoria presentada se ajustará a los
criterios establecidos en la base sexta.
5. El Tribunal Constitucional podrá requerir la información complementaria que
estime necesaria.

cve: BOE-A-2020-11988
Verificable en https://www.boe.es

d) Justificación documental de los méritos y actividades reseñados, mediante copia
simple, sin perjuicio de la subsiguiente aportación de certificados en los términos de la
base 6.3.
e) Declaración responsable de hallarse al corriente del pago de las obligaciones
tributarias y de la Seguridad Social y no encontrarse incurso en ninguna de las
circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
general de subvenciones, conforme al anexo 3 de esta convocatoria.