III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2020-11870)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Norte Forestal, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Martes 6 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 84726

Cuando un trabajador realice trabajos de escalón/nivel superior durante más de seis
meses consecutivos, sin concurrir los supuestos especiales a que se refiere el párrafo
siguiente, consolidará el escalón retributivo superior.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación en los casos de formación,
sustitución por incapacidad temporal, maternidad, vacaciones, licencias y excedencias
cuya concesión sea obligatoria para la Empresa. En estos últimos supuestos, la sustitución
comprenderá todo el tiempo que duren las circunstancias que la hayan motivado, sin que
otorguen derecho a la consolidación del nivel/escalón, pero sí a la percepción de la
diferencia económica durante la sustitución.
CAPÍTULO III bis
Vacaciones, permisos y licencias
Artículo 16.

Vacaciones.

La duración de las vacaciones será de 30 días naturales, incluyendo en este período
todos los sábados, domingos y festivos, de los cuales en el supuesto de su fracción en dos
o más períodos, se computarán por días laborables comprendidos en los mismos y, en
este caso, al menos serán de 24 días laborables.
Las vacaciones se disfrutarán por años naturales. En el supuesto de prestación de
servicios efectivos en la empresa durante un periodo inferior al año completo solo se
tendrá derecho al disfrute de la parte proporcional correspondiente al tiempo realmente
trabajado durante dicho año.
Si una vez pactada la fecha de inicio de las vacaciones y antes de iniciadas las mismas
se produjera una baja por incapacidad temporal, el trabajador mantendrá el derecho
disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute
del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período
de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan, pactándose
una nueva fecha de inicio de las vacaciones.
Se disfrutarán las vacaciones en la parte proporcional al tiempo realmente trabajado.
Para la elección del período de vacaciones, que serán preferentemente en los meses
de enero, julio, agosto, septiembre y diciembre, se formarán grupos de personal de las
mismas funciones y categorías, se establece un sistema rotatorio, de tal manera que el
primero que elige el período de vacaciones será el último en elegir al año siguiente y se
asegurará una presencia efectiva de un mínimo del 50 % del personal.
Se podrá solicitar hasta un máximo de tres días de vacaciones fraccionados a lo largo
del año, sin necesidad en este caso de atender al periodo de solicitud de vacaciones
preferente. Esta solicitud estará supeditada a que un máximo de una solicitud por día por
centro de trabajo y a la presencia efectiva del resto del personal del centro de trabajo,
otorgándose a la primera solicitud realizada. De manera excepcional siempre y cuando las
necesidades organizativas y de servicio lo permitan se podrá aprobar bajo esta modalidad
de vacaciones fraccionadas solicitudes adicionales.
Artículo 17.

Permisos retribuidos.

a) Ocho horas anuales de licencia por asuntos propios. Para el disfrute de las horas
de licencia será necesaria la correspondiente aprobación por el superior directo
correspondiente y la comunicación previa a Capital Humano con una antelación mínima
de 48 horas. La concesión estará supeditada a que las necesidades del servicio lo
permitan.
b) Por tiempo de 15 días naturales por matrimonio o unión de hecho debidamente acreditada.
c) Dos días por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes

cve: BOE-A-2020-11870
Verificable en https://www.boe.es

El trabajador, previo aviso y posterior justificación podrá ausentarse del trabajo, por
alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: