II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo C2. (BOE-A-2020-11841)
Acuerdo de 24 de septiembre de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio de Inspección.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84619
Únicamente se valorará aquel título que se corresponda con el ciclo superior de los
acreditados.
2.3 Memoria. Los concursantes presentarán obligatoriamente, junto con su
instancia para participar en el presente concurso, una breve memoria en la que, en
relación con las funciones del Consejo General del Poder Judicial, se formulen las
consideraciones que se estimen pertinentes sobre las tareas y cometidos que a su juicio
sean propios del contenido del puesto al que se concursa. Esta memoria se valorará, en
esta fase de méritos específicos, hasta un máximo de 2 puntos atendiendo a lo acertado
de su contenido, claridad expositiva, corrección sintáctica, estructuración y presentación
visual.
2.4 Curriculum vitae. También se acompañará obligatoriamente, junto a la instancia,
un curriculum vitae en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales y
profesionales que se estimen oportunos y en especial los que se refieran a destinos
servidos, títulos académicos, realización de cursos y seminarios, así como otros méritos
relacionados con el puesto de trabajo solicitado, adjuntando necesariamente la oportuna
justificación documental.
Tanto la memoria como el currículum no podrán sobrepasar cada uno de ellos
las 2.000 palabras.
La puntuación máxima correspondiente a esta segunda fase es de 18,50 puntos,
siendo la mínima exigida de 9 puntos.
Tercera. Modelos, plazos y
documentación justificativa.
condiciones
de
presentación
de
solicitudes
y
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está
disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público-Convocatorias en
curso-2020».
2. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la
Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la
documentación que más adelante se indicará:
a) En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada número 8,
28071 Madrid).
b) En los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria
única, apartado 2, último párrafo, y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://
registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402
si
se
dispone
del
correspondiente certificado electrónico.
3. El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los quince días
hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
4. Sólo serán válidas las solicitudes cumplimentadas a través de la página web
indicada, no admitiéndose modelos auto editados o rellenados a mano.
5. Se presentará una sola solicitud a la que se acompañará necesariamente:
a) El certificado de méritos a que se refiere el apartado 8.2 de esta norma,
disponible en www.poderjudicial.es «Empleo Público-Convocatorias en curso-2020».
b) El formulario de valoración de méritos, disponible en www.poderjudicial.es
«Empleo Público-Convocatorias en curso-2020».
c) El formulario para valoración de cursos al que se refiere la norma segunda.1.3,
debidamente certificado, disponible en www.poderjudicial.es «Empleo PúblicoConvocatorias en curso-2020».
cve: BOE-A-2020-11841
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 264
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84619
Únicamente se valorará aquel título que se corresponda con el ciclo superior de los
acreditados.
2.3 Memoria. Los concursantes presentarán obligatoriamente, junto con su
instancia para participar en el presente concurso, una breve memoria en la que, en
relación con las funciones del Consejo General del Poder Judicial, se formulen las
consideraciones que se estimen pertinentes sobre las tareas y cometidos que a su juicio
sean propios del contenido del puesto al que se concursa. Esta memoria se valorará, en
esta fase de méritos específicos, hasta un máximo de 2 puntos atendiendo a lo acertado
de su contenido, claridad expositiva, corrección sintáctica, estructuración y presentación
visual.
2.4 Curriculum vitae. También se acompañará obligatoriamente, junto a la instancia,
un curriculum vitae en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales y
profesionales que se estimen oportunos y en especial los que se refieran a destinos
servidos, títulos académicos, realización de cursos y seminarios, así como otros méritos
relacionados con el puesto de trabajo solicitado, adjuntando necesariamente la oportuna
justificación documental.
Tanto la memoria como el currículum no podrán sobrepasar cada uno de ellos
las 2.000 palabras.
La puntuación máxima correspondiente a esta segunda fase es de 18,50 puntos,
siendo la mínima exigida de 9 puntos.
Tercera. Modelos, plazos y
documentación justificativa.
condiciones
de
presentación
de
solicitudes
y
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está
disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público-Convocatorias en
curso-2020».
2. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la
Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la
documentación que más adelante se indicará:
a) En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada número 8,
28071 Madrid).
b) En los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria
única, apartado 2, último párrafo, y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://
registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402
si
se
dispone
del
correspondiente certificado electrónico.
3. El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los quince días
hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
4. Sólo serán válidas las solicitudes cumplimentadas a través de la página web
indicada, no admitiéndose modelos auto editados o rellenados a mano.
5. Se presentará una sola solicitud a la que se acompañará necesariamente:
a) El certificado de méritos a que se refiere el apartado 8.2 de esta norma,
disponible en www.poderjudicial.es «Empleo Público-Convocatorias en curso-2020».
b) El formulario de valoración de méritos, disponible en www.poderjudicial.es
«Empleo Público-Convocatorias en curso-2020».
c) El formulario para valoración de cursos al que se refiere la norma segunda.1.3,
debidamente certificado, disponible en www.poderjudicial.es «Empleo PúblicoConvocatorias en curso-2020».
cve: BOE-A-2020-11841
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 264