Administración Local. Granada. Ayuntamiento De Granada. (BOE-N-2025-542676)
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento de orden de ejecución de medidas urgentes de seguridad y ruina física parcial en la C/ San Ildefonso Baja nº 18 de Granada. Expediente 6193/19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 4

que el incumplimiento de lo ordenado en el plazo establecido habilita a la Administración
municipal para su ejecución por sustitución y a su inclusión en el Registro Municipal de
Solares.
El artículo 321.4 del Decreto 550/22 exceptúa de la necesidad de informe técnico y
jurídico y de la audiencia del propietario cuando se trate de “medidas excepcionales de
protección necesarias en caso de peligro inminente para la seguridad pública y la
integridad o la integridad del patrimonio protegido por la legislación específica…”
Establece el artículo 102 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Común de las
Administraciones Públicas de 2 de octubre que:
1º.- Habrá lugar a la ejecución subsidiaria cuando se trate de actos que por no ser
personalísimos puedan ser realizados por sujeto distinto del obligado.
2º.- En este caso, las Administraciones Públicas realizarán el acto, por sí o a través
de las personas que determinen, a costa del obligado.
3º.- El importe de los gastos, daños y perjuicios se exigirá conforme a lo dispuesto en
el artículo anterior.
4.- Dicho importe podrá liquidarse de forma provisional y realizarse antes de la
ejecución, a reserva de la liquidación definitiva.
Por lo anterior, esta Administración podrá proceder, en caso de incumplimiento del
propietario, a llevar a cabo las obras ordenadas por ejecución subsidiaria, ante el peligro
para la seguridad pública existente. En el caso que nos ocupa, y una vez se disponga de
la preceptiva autorización de la Delegación de Cultura de la Junta de Andalucía, este
Ayuntamiento va a proceder a la ejecución forzosa de la demolición ordenada, ante el
deficiente estado del inmueble y el peligro para la seguridad pública acreditado,
advirtiendo al propietario que el incumplimiento de lo ordenado en el plazo establecido
habilita a la Administración municipal para su ejecución por sustitución y a su inclusión
en el Registro Municipal de Solares.
TERCERO.- Establece el artículo 33.3 de la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de
Andalucía que "Será necesario obtener autorización de la Consejería competente en
materia de patrimonio histórico, con carácter previo a las restantes licencias o
autorizaciones que fueran pertinentes, para realizar cualquier cambio o modificación que
los particulares u otras Administraciones Públicas deseen llevar a cabo en inmuebles
objeto de inscripción como Bien de Interés Cultural o su entorno, tanto se trate de obras
de todo tipo, incluyendo remociones de terreno, como cambios de uso o de
modificaciones en los bienes muebles, en la pintura, en las instalaciones o accesorios
recogidos en la inscripción."
Y en el caso de autorizaciones no sometidas a licencia que hubieran de realizarse en
entorno de BIC, como es el caso, el artículo 34 prevé la remisión a la Consejería
competente en materia de patrimonio histórico de la documentación necesaria.
Por su parte, conforme al artículo 8.8 de la Ordenanza, y encontrarse el inmueble en
entorno BIC del Hospital Real y el Antiguo convento de la Merced: ”Atendiendo a los
Planes Especiales de Protección y Reforma Interior del Conjunto Histórico de Granada,
el tipo de intervenciones de la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en
relación a los inmuebles incluidos en los mismos será el siguiente, sin perjuicio de lo
dispuesto en la Ley de Patrimonio Histórico Andaluz:
Las actuaciones (órdenes de ejecución y demolición) que se deban realizar en los
inmuebles que estén catalogados como Bienes de Interés Cultural y su entorno
requieren la previa autorización de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía
(…)”
A la vista de lo anteriormente expuesto y del artículo 102 de la Ley 39/15 del
procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en relación con el

cve: BOE-N-2025-3df13a280bee9f45f0a0844c2877b0d684a0bab8
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Núm. 184