Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Ejido, El. (BOE-N-2025-542247)
Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento Incoación Sancionador 10150-2024.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 7
Esta es la última notificación que recibirán en papel. Por ello, se le requiere para que
aporte un correo electrónico para recibir los avisos de notificación que se practicarán en
la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://sede.elejido.es/oficinavirtual/ ).
Para cualquier aclaración al respecto del presente requerimiento se puede dirigir
personalmente al Área de Agricultura y Medio Ambiente en la planta cuarta de la casa
consistorial o bien al Teléfono Directo del Área de Agricultura nº 950 54 10 03 o a través
de correo electrónico en la dirección, agr@elejido.org
XI.- El artículo 158.2 de la LISTA confiere al municipio la competencia para el
restablecimiento de la legalidad ante actuaciones que vulneren la ordenación urbanística,
y el apartado 6 dispone que la competencia municipal para resolver los procedimientos
de restablecimiento de la legalidad será la determinada en la legislación sobre régimen
local. En este caso, dicha competencia corresponde al Alcalde conforme al artículo
21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ahora bien, la referida competencia está delegada en el Concejal Delegado del Área de
Agricultura, mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 20 de julio de 2023”.
En base a los antecedentes de hecho y los fundamentos jurídicos expuestos
VENGO EN DECRETAR
1º.- INCOAR PROCEDIMIENTO DE RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD
URBANÍSTICA a CARABI INVER, S.L por obras consistentes en construcción de
almacén DESCRIPCIÓN DE OBRAS: En visita realizada por la Inspección Rural, en
fecha 15 de marzo de 2023, se ha podido verificar que ha llevado a cabo la construcción
de dos almacenes agrícolas, sin licencia. La
parcela está delimitada por su lado “este” por el cauce “Barranco de Peñas Negras”.
Los trabajos realizados consisten en la construcción nave agrícola de 96 metros
cuadrados mediante fábrica de bloques de hormigón de 40x20x20 cm. con cubierta y la
construcción de nave agrícola de chapa de 192 metros cuadrados, 5,2 metros de altura y
a una distancia del lindero de 1,5 metros. Que han sido ejecutadas sin licencia municipal
en Pol. 5 Parcela 159, REFERENCIA CATASTRAL: 04104A005001590000DG, El Ejido.
Los trámites necesarios para el restablecimiento de la legalidad territorial y
urbanística y plazo de ejecución:
1. Para el restablecimiento de la legalidad urbanística y así cumplir con lo establecido
en al artículo 8.3.11. del PGOU, se deberá de proceder a la demolición del excedente de
superficie de almacenes para no superar el 3% de ocupación máxima de la superficie
total de parcela; la demolición del excedente de altura del almacén de chapa para no
superar la altura máxima de 4,5 mts sobre la rasante natural del terreno y el retranqueo a
lindero igual a la altura del almacén de chapa o autorización expresa del colindante para
situar el almacén de chapa a 1,5 metros de distancia con el lindero común.
2. Requerir al promotor para que en el plazo de 2 meses solicite licencia de obras,
previa presentación en el Ayuntamiento de la documentación técnica, suscrita por técnico
competente que describa la acción a llevar a cabo, incluyendo en la misma:
- Estudio de seguridad y salud.
- Estudio de gestión de los residuos de construcción y demolición.
- Dirección facultativa y coordinador de seguridad y salud, por técnico competente.
cve: BOE-N-2025-9f4df242c6e50bd44b5e1287f90ca64d3d645a05
Verificable en https://www.boe.es
2º.- Advertir al interesado que las obras descritas resultan COMPATIBLES CON LA
ORDENACIÓN VIGENTE, tramitando y obteniendo la correspondiente licencia de
legalización, puesto que dichas obras son consideradas actos sujetos a licencia
urbanística, según lo establecido en el artículo 291 del Reglamento General de la Ley
7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 7
Esta es la última notificación que recibirán en papel. Por ello, se le requiere para que
aporte un correo electrónico para recibir los avisos de notificación que se practicarán en
la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://sede.elejido.es/oficinavirtual/ ).
Para cualquier aclaración al respecto del presente requerimiento se puede dirigir
personalmente al Área de Agricultura y Medio Ambiente en la planta cuarta de la casa
consistorial o bien al Teléfono Directo del Área de Agricultura nº 950 54 10 03 o a través
de correo electrónico en la dirección, agr@elejido.org
XI.- El artículo 158.2 de la LISTA confiere al municipio la competencia para el
restablecimiento de la legalidad ante actuaciones que vulneren la ordenación urbanística,
y el apartado 6 dispone que la competencia municipal para resolver los procedimientos
de restablecimiento de la legalidad será la determinada en la legislación sobre régimen
local. En este caso, dicha competencia corresponde al Alcalde conforme al artículo
21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ahora bien, la referida competencia está delegada en el Concejal Delegado del Área de
Agricultura, mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 20 de julio de 2023”.
En base a los antecedentes de hecho y los fundamentos jurídicos expuestos
VENGO EN DECRETAR
1º.- INCOAR PROCEDIMIENTO DE RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD
URBANÍSTICA a CARABI INVER, S.L por obras consistentes en construcción de
almacén DESCRIPCIÓN DE OBRAS: En visita realizada por la Inspección Rural, en
fecha 15 de marzo de 2023, se ha podido verificar que ha llevado a cabo la construcción
de dos almacenes agrícolas, sin licencia. La
parcela está delimitada por su lado “este” por el cauce “Barranco de Peñas Negras”.
Los trabajos realizados consisten en la construcción nave agrícola de 96 metros
cuadrados mediante fábrica de bloques de hormigón de 40x20x20 cm. con cubierta y la
construcción de nave agrícola de chapa de 192 metros cuadrados, 5,2 metros de altura y
a una distancia del lindero de 1,5 metros. Que han sido ejecutadas sin licencia municipal
en Pol. 5 Parcela 159, REFERENCIA CATASTRAL: 04104A005001590000DG, El Ejido.
Los trámites necesarios para el restablecimiento de la legalidad territorial y
urbanística y plazo de ejecución:
1. Para el restablecimiento de la legalidad urbanística y así cumplir con lo establecido
en al artículo 8.3.11. del PGOU, se deberá de proceder a la demolición del excedente de
superficie de almacenes para no superar el 3% de ocupación máxima de la superficie
total de parcela; la demolición del excedente de altura del almacén de chapa para no
superar la altura máxima de 4,5 mts sobre la rasante natural del terreno y el retranqueo a
lindero igual a la altura del almacén de chapa o autorización expresa del colindante para
situar el almacén de chapa a 1,5 metros de distancia con el lindero común.
2. Requerir al promotor para que en el plazo de 2 meses solicite licencia de obras,
previa presentación en el Ayuntamiento de la documentación técnica, suscrita por técnico
competente que describa la acción a llevar a cabo, incluyendo en la misma:
- Estudio de seguridad y salud.
- Estudio de gestión de los residuos de construcción y demolición.
- Dirección facultativa y coordinador de seguridad y salud, por técnico competente.
cve: BOE-N-2025-9f4df242c6e50bd44b5e1287f90ca64d3d645a05
Verificable en https://www.boe.es
2º.- Advertir al interesado que las obras descritas resultan COMPATIBLES CON LA
ORDENACIÓN VIGENTE, tramitando y obteniendo la correspondiente licencia de
legalización, puesto que dichas obras son consideradas actos sujetos a licencia
urbanística, según lo establecido en el artículo 291 del Reglamento General de la Ley
7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.