Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-394523)
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la normativa relativa a la protección y la tenencia de animales. Expediente numero 52880/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 4

Importe sanción con reducción del 20 % + 20 % (40 %) por pago voluntario y
reconocimiento de los hechos: 1.442,44 €
3)
Artículo: 7.2.a) de la Ley 10/1999, de 30 de julio, sobre la tenencia de perros
considerados potencialmente peligrosos (“no inscribir al perro en el registro específico
del municipio correspondiente”).
Calificación sanción: Leve
Importe sanción: 300 € (importe mínimo)
Importe sanción con reducción del 20%: 240 €
Importe sanción con reducción del 20% + 20% (40%) por pago voluntario y
reconocimiento de los hechos: 180 €
4)
Articulo: 7.3.b) de la Ley 10/1999, de 30 de julio, sobre la tenencia de perros
considerados potencialmente peligrosos (“no contratar el seguro de responsabilidad
civil”).
Calificación sanción: Grave
Importe sanción: 3.001 € (importe mínimo)
Importe sanción con reducción del 20%: 2.400,8 €
Importe sanción con reducción del 20% + 20% (40%) por pago voluntario y
reconocimiento de los hechos: 1800,6 €
Órgano competente por la resolución del procedimiento:
En relación a las infracciones de las disposiciones de la Ley 50/1999, de 23 de
diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente
peligrosos:

- Por las infracciones muy graves, la alcaldía, de acuerdo con el artículo 21.1 n) de la
LRBRL y 53.1 n) de la LMRLC, en relación con el Decreto de Alcaldía n.º 441/2025, de
fecha 04/02/2025, publicado al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el
12/02/2025.
En relación a las infracciones de las disposiciones de la Ley 10/1999, de 30 de julio,
sobre la tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos:
- Por las infracciones leves, la primera Tenencia de Alcaldía de Economía,
Conocimiento y Organización, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía n.º 441/2025, de
fecha 04/02/2025, publicado al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el
12/02/2025, y de acuerdo con el artículo 21.1 n) de la LRBRL y 53.1 n) de la LMRLC.
- Por las infracciones graves y muy graves, el Pleno, de acuerdo con el artículo 21.1
n) de la LRBRL y 53.1 n) de la LMRLC, en relación con el artículo 13.b) de la Ley
10/1999, de 30 de julio.”
PERSONAS OBLIGADAS A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE:
Están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos por la realización de
cualquier trámite:
a) Las personas jurídicas.

cve: BOE-N-2025-fadc0d42e96870afe48c14f62e00e71abefd946e
Verificable en https://www.boe.es

- Por las infracciones leves y graves, la primera Tenencia de Alcaldía de Economía,
Conocimiento y Organización, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía n.º 441/2025, de
fecha 04/02/2025, publicado al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el
12/02/2025, y de acuerdo con el artículo 21.1 n) de la LRBRL y 53.1 n) de la LMRLC.