Estado. Ministerio De Cultura. Secretaría De Estado De Cultura. (BOE-N-2025-329374)
S.G. DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en Internet.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 8

cumplimiento a la obligación de la información sobre su nombre o denominación social
en el plazo de 48 horas.
(…)
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
De acuerdo con dispuesto anteriormente y, en virtud de lo dispuesto en el artículo
195 del TRLPI, se ordena al responsable del servicio de la sociedad de la información
https://dev-zflixes.pantheonsite.io/, que INHABILITE EL ACCESO a los contenidos que
vulneren derechos de propiedad intelectual objeto del procedimiento, debiendo dar
cumplimiento a la misma en un plazo de 24 horas desde su notificación, con arreglo a la
normativa que se cita a continuación.
En consecuencia, el responsable del servicio de la sociedad de la información
https://dev-zflixes.pantheonsite.io/, debe inhabilitar el acceso a las 100 obras
identificadas en el servicio https://dev-zflixes.pantheonsite.io/, incluidas en el Anexo II a
la presente resolución.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 1130/2023, de 19
de diciembre, se le ordena la retirada de los contenidos que vulneren derechos de
propiedad intelectual objeto del procedimiento, debiendo dar cumplimiento a la misma en
un plazo de 24 horas desde su notificación.
Si antes de dictar la resolución de este procedimiento se detectaran otros enlaces a
las mismas obras, se incluirán en ella para su retirada en el mismo plazo de 24 horas.
Asimismo, debe abstenerse de volver a ofrecer sin autorización las citadas obras en
el futuro.

1. Que el servicio de motor de búsqueda (…) identificado en los antecedentes de
hecho precedentes, proceda a eliminar de sus resultados de búsqueda, aquellos que
contengan la ubicación del servicio de la sociedad de la información https://devzflixes.pantheonsite.io/, y que esta medida se extienda, en su caso, a cualquier
subdominio y/o dominio específico web que el responsable pudiera utilizar en iguales
términos, o que redirija a dicha página https://dev-zflixes.pantheonsite.io/, así como a
todas aquellas webs proxy que sirvan únicamente como intermediarias para acceder a la
anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 11 de la citada Ley 34/2002, de
11 de julio, y 195 del TRLPI.
2. Que los operadores de servicios de acceso a Internet relevantes identificados en el
Anexo I de esta resolución, como proveedores de servicios de intermediación de acceso
a Internet que permiten a sus clientes acceder a prestaciones protegidas puestas a
disposición del público en Internet por un tercero (Sentencia del TJUE C-314/12), es
decir, en este caso concreto, el acceso desde España a los contenidos ofrecidos
ilícitamente desde las páginas de Internet del servicio de la sociedad de la información
https://dev-zflixes.pantheonsite.io/, identificados en los antecedentes de hecho
precedentes, en el anexo II a la presente y en su documento adjunto, tal y como queda
acreditado en el expediente, procedan, para el eficaz cumplimiento de esta resolución, a
la suspensión del citado servicio de acceso a Internet concretamente en relación con el
nombre de dominio específico identificado en este expediente: https://devzflixes.pantheonsite.io/ que, consecuentemente, bloqueen el acceso a dicho nombre de

cve: BOE-N-2025-1730d931bfb7dce4a72700811f3decb6f983f333
Verificable en https://www.boe.es

Sin perjuicio de las medidas de ejecución previstas en el apartado anterior, para el
caso de incumplimiento por parte del responsable del servicio de la sociedad de la
información https://dev-zflixes.pantheonsite.io/, de la orden de retirada, dentro del plazo
de 24 horas señalado en la parte correspondiente al acuerdo de inicio de este
documento, se dispone lo siguiente: