Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Sevilla. (BOE-N-2025-330894)
SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE LA EDIFICACIÓN Y PAISAJE URBANO. Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimiento La Comisión Ejecutiva mediante acuerdo de fecha 4 de febrero de 2025 se ordeno a la propiedad de la finca sita en Avda. Alcalde Manuel del Valle nº5 local 8-A, edificio Cónsul, la ejecución de medidas de seguridad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 3
decidir la adopción de cualquier medida de las previstas en el artículo 144.2 de la Ley
7/21 de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.--Asimismo las obras,
una vez iniciadas, deberán continuarse a un ritmo adecuado y sin interrupciones, y
deberán concluirse en el plazo de finalización igualmente señalado, apercibiéndose de la
misma forma que en caso de que el ritmo de las obras sea inadecuado, se interrumpan
las obras, o se incumpla el plazo de finalización, podrá decidir la adopción de cualquier
medida de las previstas en el artículo 144.2 de la Ley 7/21, de 1 de diciembre, de
Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.--TERCERO: Imputar a la
propiedad del inmueble las responsabilidades de todo orden que pudieran derivarse por
negligencia en los deberes de conservación que le correspondieran, y en el cumplimiento
de lo dispuesto en este Acuerdo, y advertirle asimismo que deberá responder por los
daños que cause en la vía pública durante la ejecución de las obras requeridas.-CUARTO: Dar cuenta del presente Acuerdo a la Sección de Gestión Tributaria del
Servicio de Contratación y Gestión Financiera.- EXPTE: 138/2024--FINCA: Avda. Alcalde
Manuel del valle nº 5, local 8-A, edificio Cónsul-OBRAS: En cumplimiento de lo dispuesto
en el art. 321 “Procedimiento para dictar órdenes de ejecución” del Reglamento General
de la LISTA se estima necesaria la adopción de las siguientes medidas, que requieren de
la intervención de técnico competente, tanto para la dirección facultativa como para la
redacción de los correspondientes documentos técnicos:--Limpieza y retirada de
escombros, enseres en mal estado del interior del local.-Desinfección, desratización y
desinsectación del interior del local.-Inspección del local comercial con objeto de poder
valorar su estado de conservación, con detección de patologías en elementos
constructivos.--PLAZO DE INICIO: 60 días naturales.-PLAZO DE FINALIZACIÓN: 30
días naturales--El presupuesto estimado de las obras anteriormente descritas asciende a
la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA
Y SIETE CÉNTIMOS (3.368,87 €), calculado conforme al banco de precios vigente para
los contratos de obras subsidiarias.--NECESIDAD DE ACCESO--Para la ejecución de las
medidas anteriormente propuestas será necesario el acceso al interior del local.-DOCUMENTACIÓN NECESARIA--La entidad de las medidas propuestas en este informe
no requiere la presentación de documentos técnicos de obra, debiendo la propiedad
comunicar el inicio de las medidas y posteriormente su finalización. No obstante, la
propiedad podrá optar por realizarlas con dirección facultativa, con aportación de
certificado final de obras que acredite su correcta y completa ejecución.-Entre la
propuesta de actuación, se incluyen medidas de inspección como objeto de la valoración
del estado del inmueble, desconociéndose el alcance de los daños detectados, la
presentación de la documentación técnica relativa a la evaluación del inmueble podrá
presentarse durante la ejecución, y siempre antes su terminación.--AFECCIÓN DE LA
VÍA PÚBLICA-Para la ejecución de las obras antes indicadas es necesaria la ocupación
de la vía pública con la colocación de vallas de seguridad, cuba y medios auxiliares
necesarios.-Todos estos elementos que ocupan la vía pública se deberán situar donde
entorpezca lo menos posible el paso de personas y vehículos.-La instalación de cuba
para la recogida de residuos se realizará con arreglo a los requisitos establecidos en el
art. 91 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Pública y Gestión de Residuos
Municipales.--INFORME TÉCNICO: Informe emitido por la Sección Técnica de
Conservación de la Edificación con fecha 14 de noviembre de 2024.--No obstante, esa
Comisión Ejecutiva resolverá lo que estime más acertado.-Sevilla, a la fecha indicada en
el pie de firma del presente documento--EL GERENTE-Fdo.: Fernando Vázquez Marín-Vista la anterior propuesta elévese a la Comisión Ejecutiva.--Sevilla, a la fecha indicada
en el pie de firma del presente documento--EL VICEPRESIDENTE DE LA-GERENCIA
DE URBANISMO-Y MEDIO AMBIENTE-Fdo.: Juan de la Rosa Bonsón”
El mencionado informe técnico de fecha 14 de noviembre de 2024, tiene el siguiente
tenor literal: “SERVICIO DE RENOVACIÓN URBANA Y CONSERVACIÓN DE LA
EDIFICACIÓN-SECCIÓN TÉCNICA DE CONSERVACIÓN DE LA EDIFICACIÓNEXPTE: 138/2024-DIRECCION: avda. Alcalde Manuel del valle nº 5, local 8-A, edificio
Cónsul-REFª CATASTRAL: 7235101TG3473S0354DT-REF: AMF-SR: GERENTE:-En
cve: BOE-N-2025-ec84744d86c6cb965f573bad0222eeeb947f2bda
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 3
decidir la adopción de cualquier medida de las previstas en el artículo 144.2 de la Ley
7/21 de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.--Asimismo las obras,
una vez iniciadas, deberán continuarse a un ritmo adecuado y sin interrupciones, y
deberán concluirse en el plazo de finalización igualmente señalado, apercibiéndose de la
misma forma que en caso de que el ritmo de las obras sea inadecuado, se interrumpan
las obras, o se incumpla el plazo de finalización, podrá decidir la adopción de cualquier
medida de las previstas en el artículo 144.2 de la Ley 7/21, de 1 de diciembre, de
Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.--TERCERO: Imputar a la
propiedad del inmueble las responsabilidades de todo orden que pudieran derivarse por
negligencia en los deberes de conservación que le correspondieran, y en el cumplimiento
de lo dispuesto en este Acuerdo, y advertirle asimismo que deberá responder por los
daños que cause en la vía pública durante la ejecución de las obras requeridas.-CUARTO: Dar cuenta del presente Acuerdo a la Sección de Gestión Tributaria del
Servicio de Contratación y Gestión Financiera.- EXPTE: 138/2024--FINCA: Avda. Alcalde
Manuel del valle nº 5, local 8-A, edificio Cónsul-OBRAS: En cumplimiento de lo dispuesto
en el art. 321 “Procedimiento para dictar órdenes de ejecución” del Reglamento General
de la LISTA se estima necesaria la adopción de las siguientes medidas, que requieren de
la intervención de técnico competente, tanto para la dirección facultativa como para la
redacción de los correspondientes documentos técnicos:--Limpieza y retirada de
escombros, enseres en mal estado del interior del local.-Desinfección, desratización y
desinsectación del interior del local.-Inspección del local comercial con objeto de poder
valorar su estado de conservación, con detección de patologías en elementos
constructivos.--PLAZO DE INICIO: 60 días naturales.-PLAZO DE FINALIZACIÓN: 30
días naturales--El presupuesto estimado de las obras anteriormente descritas asciende a
la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA
Y SIETE CÉNTIMOS (3.368,87 €), calculado conforme al banco de precios vigente para
los contratos de obras subsidiarias.--NECESIDAD DE ACCESO--Para la ejecución de las
medidas anteriormente propuestas será necesario el acceso al interior del local.-DOCUMENTACIÓN NECESARIA--La entidad de las medidas propuestas en este informe
no requiere la presentación de documentos técnicos de obra, debiendo la propiedad
comunicar el inicio de las medidas y posteriormente su finalización. No obstante, la
propiedad podrá optar por realizarlas con dirección facultativa, con aportación de
certificado final de obras que acredite su correcta y completa ejecución.-Entre la
propuesta de actuación, se incluyen medidas de inspección como objeto de la valoración
del estado del inmueble, desconociéndose el alcance de los daños detectados, la
presentación de la documentación técnica relativa a la evaluación del inmueble podrá
presentarse durante la ejecución, y siempre antes su terminación.--AFECCIÓN DE LA
VÍA PÚBLICA-Para la ejecución de las obras antes indicadas es necesaria la ocupación
de la vía pública con la colocación de vallas de seguridad, cuba y medios auxiliares
necesarios.-Todos estos elementos que ocupan la vía pública se deberán situar donde
entorpezca lo menos posible el paso de personas y vehículos.-La instalación de cuba
para la recogida de residuos se realizará con arreglo a los requisitos establecidos en el
art. 91 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Pública y Gestión de Residuos
Municipales.--INFORME TÉCNICO: Informe emitido por la Sección Técnica de
Conservación de la Edificación con fecha 14 de noviembre de 2024.--No obstante, esa
Comisión Ejecutiva resolverá lo que estime más acertado.-Sevilla, a la fecha indicada en
el pie de firma del presente documento--EL GERENTE-Fdo.: Fernando Vázquez Marín-Vista la anterior propuesta elévese a la Comisión Ejecutiva.--Sevilla, a la fecha indicada
en el pie de firma del presente documento--EL VICEPRESIDENTE DE LA-GERENCIA
DE URBANISMO-Y MEDIO AMBIENTE-Fdo.: Juan de la Rosa Bonsón”
El mencionado informe técnico de fecha 14 de noviembre de 2024, tiene el siguiente
tenor literal: “SERVICIO DE RENOVACIÓN URBANA Y CONSERVACIÓN DE LA
EDIFICACIÓN-SECCIÓN TÉCNICA DE CONSERVACIÓN DE LA EDIFICACIÓNEXPTE: 138/2024-DIRECCION: avda. Alcalde Manuel del valle nº 5, local 8-A, edificio
Cónsul-REFª CATASTRAL: 7235101TG3473S0354DT-REF: AMF-SR: GERENTE:-En
cve: BOE-N-2025-ec84744d86c6cb965f573bad0222eeeb947f2bda
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Núm. 111