Administración Local. Araba/álava. Ayuntamiento De Arraia-maeztu. (BOE-N-2025-329996)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento declaración de situación legal de ruina física inminente y orden de ejecución.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 4

bienes, el ayuntamiento debe acordar las medidas urgentes y necesarias para prevenir o
evitar daños, así como para la prevención o minimización de los riesgos o peligros
inminentes derivados del estado de las edificaciones, entre ellas ordenar el inmediato
desalojo de posibles ocupantes.
Y el informe técnico de 23 de abril de 2025 señala que procede solicitar el desalojo
de los edificios nº 4, 5 y 6 de la C/ Béngara, colindantes con el almacén a derribar,
durante el tiempo que duren los trabajos de derribo, desescombro y consolidación, por el
riesgo grave de caída de escombro e importantes afecciones estructurales debido a la
existencia de vías de madera compartidas, cuyas reacciones durante los trabajos de
derribo y desescombro son imprevisibles, y afectan a la seguridad de los usuarios.
RESULTANDO.- Que por motivos de seguridad procede ordenar el desalojo de los
ocupantes de los nº 4, 5 y 6 de la C/ Béngara, y requerirles para que en el plazo de 48
horas desde que reciban la notificación del presente Decreto remitan un escrito al
ayuntamiento, autorizando la entrada en las respectivas viviendas, para que de manera
previa al derribo el director de obra, acompañado de los propietarios y/o ocupantes de
las viviendas, levanten acta del estado actual, para valorar si se considera necesario
realizar apeos u otras actuaciones vinculada al derribo, y comunicando que se ha
procedido a desalojar voluntariamente las viviendas, o en su caso se comprometen a
desalojarlas antes del inicio de las obras de derribo.
Se advierte, que si en el plazo concedido no presentan escrito autorizando
expresamente la entrada, y comprometiéndose al desalojo, se procederá a solicitar
autorización judicial para la entrada en los edificios, para el levantamiento del acta y el
desalojo forzoso de los ocupantes. Todo ello imputando los gastos que se ocasionen a
las personas responsables del incumplimiento.
RESULTANDO.- Que la parcela catastral 74 del polígono 3, de Apellániz, se
encuentra catastrada a nombre de Dña. Mª Asunción GARCIA GARRIDO, que ha
fallecido, sin que conste la identidad del o de los herederos de este inmueble, y figuran
empadronados en la vivienda del nº 4 su hijo D. Aitor RESA GARCIA, y en la vivienda del
nº 6 Dña. Rebeca CONDE MARTINEZ DE ALEGRIA, sin que se tenga constancia de si
actualmente ocupan las viviendas, por lo que procede además de notificar el presente
Decreto a D. Aitor y a Dña. Rebeca, en su condición de posibles ocupantes, publicarlo en
el BOE.

CONSIDERANDO.- Lo dispuesto en el artículo 44 y 99 y siguientes de la ley 39/2015
de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Esta Alcaldía RESUELVE:
Primero.- Declarar la situación legal de ruina física inminente de la borda y cobertizo
traseros anexos al edificio principal situado en el nº 4 de la C/ Béngara, en Apellániz, en
la parcela catastral 74 del polígono 3, que exige que la propiedad proceda, a su elección,
a la completa rehabilitación o a su demolición.
Segundo.- Ratificar, tras el incumplimiento de la orden de ejecución, por parte de la
propiedad, la colocación en ejecución subsidiaria, por urgencia, de un vallado perimetral
de dos metros de altura, alrededor del edificio nº 4, de manera que cualquier
desprendimiento no cause daños a los usuarios de la vía pública.
Y acordar la ejecución subsidiaria de la consiguiente señalización del vallado, que
aún está pendiente, de manera urgente.
Tercero.- Iniciar expediente de ejecución subsidiaria, por urgencia, de las obras
mimas de seguridad requeridas en el Decreto de 10 de octubre de 2024, tanto la

cve: BOE-N-2025-d19f9fa8850f97a5476cf7d70c1f5984d4d994a7
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CONSIDERANDO.- Lo dispuesto en el artículo 202, 203 y concordantes de la Ley
2/2006 de 30 de junio del Suelo y de Urbanismo del País Vasco.