Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Candelaria. (BOE-N-2025-7224)
POLICIA LOCAL. Anuncio de notificación de 27 de diciembre de 2024 en procedimiento Circulación e incidencias en la vía pública.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 3
depósito y traslado al centro autorizado de tratamiento), según lo establecido en la
ordenanza municipal reguladora de la tasa por los servicios de retirada de vehículos,
objetos pesados o voluminosos de la vía pública y custodia de los mismos.
Igualmente, se le informa que si no fuera de su interés la retirada del vehículo
indicado, sólo quedará exento de responsabilidad administrativa, si lo cede a un gestor
de residuos autorizado, presentado el documento acreditativo o mediante entrega al
Ayuntamiento de Candelaria, debiendo presentar la siguiente documentación:
Documento de renuncia
Copia del permiso de circulación o denuncia de pérdida o robo
Copia de la ficha técnica o denuncia de pérdida o robo
Copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del año en curso
En el supuesto de que el vehículo esté dado de baja, deberá presentar el original y
copia del documento que así lo verifique
La no retirada en el plazo establecido, conllevará las sanciones establecidas en el
artículo 47 de la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
SEGUNDA. - Si resultase infructuosa la notificación al titular del vehículo, ésta se
realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Candelaria y Anuncio en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), a través del Tablón Edictal Único (TEU)
TERCERA. - Transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de su publicación en
el Boletín Oficial del Estado (BOE), se procederá a la declaración del vehículo como
residuo sólido urbano y a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento para su
posterior destrucción y descontaminación.
CUARTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la empresa VALORIZA SA,
como concesionaria municipal del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y/o
asimilables a éstos, para que proceda, al traslado del vehículo a un Centro Autorizado de
Tratamiento, transcurrido el plazo previsto en el apartado tercero de la propuesta de
resolución.
QUINTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la Jefatura Provincial de
Tráfico, a los efectos oportunos."
RESOLUCIÓN
PRIMERA. - Requerir a D. VICTOR MANUEL GUTIERREZ GONZALEZ, para que,
en el plazo de un mes, proceda a la retirada del vehículo indicado en el antecedente
primero, advirtiéndole que, de no hacerlo, se procederá a su declaración como residuo
sólido urbano y a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento.
Todos los gastos que se originen como consecuencia de la retirada del vehículo
serán por cuenta del propietario del mismo (costes del traslado en la grúa, estancia en el
depósito y traslado al centro autorizado de tratamiento), según lo establecido en la
ordenanza municipal reguladora de la tasa por los servicios de retirada de vehículos,
objetos pesados o voluminosos de la vía pública y custodia de los mismos.
Igualmente, se le informa que si no fuera de su interés la retirada del vehículo
indicado, sólo quedará exento de responsabilidad administrativa, si lo cede a un gestor
de residuos autorizado, presentado el documento acreditativo o mediante entrega al
Ayuntamiento de Candelaria, debiendo presentar la siguiente documentación:
Documento de renuncia
Copia del permiso de circulación o denuncia de pérdida o robo
cve: BOE-N-2025-a9bc18f52d07b90bf43b80c01125605095597287
Verificable en https://www.boe.es
Visto el informe transcrito precedentemente, esta Concejalía delegada, en uso de las
atribuciones legalmente conferidas resuelve:
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 3
depósito y traslado al centro autorizado de tratamiento), según lo establecido en la
ordenanza municipal reguladora de la tasa por los servicios de retirada de vehículos,
objetos pesados o voluminosos de la vía pública y custodia de los mismos.
Igualmente, se le informa que si no fuera de su interés la retirada del vehículo
indicado, sólo quedará exento de responsabilidad administrativa, si lo cede a un gestor
de residuos autorizado, presentado el documento acreditativo o mediante entrega al
Ayuntamiento de Candelaria, debiendo presentar la siguiente documentación:
Documento de renuncia
Copia del permiso de circulación o denuncia de pérdida o robo
Copia de la ficha técnica o denuncia de pérdida o robo
Copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del año en curso
En el supuesto de que el vehículo esté dado de baja, deberá presentar el original y
copia del documento que así lo verifique
La no retirada en el plazo establecido, conllevará las sanciones establecidas en el
artículo 47 de la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
SEGUNDA. - Si resultase infructuosa la notificación al titular del vehículo, ésta se
realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Candelaria y Anuncio en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), a través del Tablón Edictal Único (TEU)
TERCERA. - Transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de su publicación en
el Boletín Oficial del Estado (BOE), se procederá a la declaración del vehículo como
residuo sólido urbano y a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento para su
posterior destrucción y descontaminación.
CUARTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la empresa VALORIZA SA,
como concesionaria municipal del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y/o
asimilables a éstos, para que proceda, al traslado del vehículo a un Centro Autorizado de
Tratamiento, transcurrido el plazo previsto en el apartado tercero de la propuesta de
resolución.
QUINTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la Jefatura Provincial de
Tráfico, a los efectos oportunos."
RESOLUCIÓN
PRIMERA. - Requerir a D. VICTOR MANUEL GUTIERREZ GONZALEZ, para que,
en el plazo de un mes, proceda a la retirada del vehículo indicado en el antecedente
primero, advirtiéndole que, de no hacerlo, se procederá a su declaración como residuo
sólido urbano y a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento.
Todos los gastos que se originen como consecuencia de la retirada del vehículo
serán por cuenta del propietario del mismo (costes del traslado en la grúa, estancia en el
depósito y traslado al centro autorizado de tratamiento), según lo establecido en la
ordenanza municipal reguladora de la tasa por los servicios de retirada de vehículos,
objetos pesados o voluminosos de la vía pública y custodia de los mismos.
Igualmente, se le informa que si no fuera de su interés la retirada del vehículo
indicado, sólo quedará exento de responsabilidad administrativa, si lo cede a un gestor
de residuos autorizado, presentado el documento acreditativo o mediante entrega al
Ayuntamiento de Candelaria, debiendo presentar la siguiente documentación:
Documento de renuncia
Copia del permiso de circulación o denuncia de pérdida o robo
cve: BOE-N-2025-a9bc18f52d07b90bf43b80c01125605095597287
Verificable en https://www.boe.es
Visto el informe transcrito precedentemente, esta Concejalía delegada, en uso de las
atribuciones legalmente conferidas resuelve: