Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Candelaria. (BOE-N-2025-7224)
POLICIA LOCAL. Anuncio de notificación de 27 de diciembre de 2024 en procedimiento Circulación e incidencias en la vía pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 4
Copia de la ficha técnica o denuncia de pérdida o robo
Copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del año en curso
En el supuesto de que el vehículo esté dado de baja, deberá presentar el original y
copia del documento que así lo verifique
La no retirada en el plazo establecido, conllevará las sanciones establecidas en el
artículo 47 de la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
SEGUNDA. - Si resultase infructuosa la notificación al titular del vehículo, ésta se
realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Candelaria y Anuncio en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), a través del Tablón Edictal Único (TEU)
TERCERA. - Transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de su publicación en
el Boletín Oficial del Estado (BOE), se procederá a la declaración del vehículo como
residuo sólido urbano y a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento para su
posterior destrucción y descontaminación.
CUARTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la empresa VALORIZA SA,
como concesionaria municipal del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y/o
asimilables a éstos, para que proceda, al traslado del vehículo a un Centro Autorizado de
Tratamiento, transcurrido el plazo previsto en el apartado tercero de la propuesta de
resolución.
QUINTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la Jefatura Provincial de
Tráfico, a los efectos oportunos."
Lo manda y firma el Concejal delegado D. Olegario Francisco Alonso Bello, de todo
lo cual da fe pública el Secretario General en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.2 e) y
h) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Concejal delegado del
Ayuntamiento de Candelaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de
Tenerife que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que
pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Todo lo cual se le notifica por el Secretario General en virtud de la función de fe
pública del artículo 3.2 h) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, de régimen
jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Candelaria, 27 de diciembre de 2024.- Octavio Manuel Fernández Hernández,
Secretario General Exmo. Ayuntamiento de Candelaria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a9bc18f52d07b90bf43b80c01125605095597287
Verificable en https://www.boe.es
RÉGIMEN DE RECURSOS
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 4
Copia de la ficha técnica o denuncia de pérdida o robo
Copia del recibo del impuesto de vehículos de tracción mecánica del año en curso
En el supuesto de que el vehículo esté dado de baja, deberá presentar el original y
copia del documento que así lo verifique
La no retirada en el plazo establecido, conllevará las sanciones establecidas en el
artículo 47 de la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
SEGUNDA. - Si resultase infructuosa la notificación al titular del vehículo, ésta se
realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Candelaria y Anuncio en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), a través del Tablón Edictal Único (TEU)
TERCERA. - Transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de su publicación en
el Boletín Oficial del Estado (BOE), se procederá a la declaración del vehículo como
residuo sólido urbano y a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento para su
posterior destrucción y descontaminación.
CUARTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la empresa VALORIZA SA,
como concesionaria municipal del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y/o
asimilables a éstos, para que proceda, al traslado del vehículo a un Centro Autorizado de
Tratamiento, transcurrido el plazo previsto en el apartado tercero de la propuesta de
resolución.
QUINTA. - Dar traslado de la Resolución que se dicte a la Jefatura Provincial de
Tráfico, a los efectos oportunos."
Lo manda y firma el Concejal delegado D. Olegario Francisco Alonso Bello, de todo
lo cual da fe pública el Secretario General en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.2 e) y
h) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Concejal delegado del
Ayuntamiento de Candelaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de
Tenerife que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que
pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Todo lo cual se le notifica por el Secretario General en virtud de la función de fe
pública del artículo 3.2 h) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, de régimen
jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Candelaria, 27 de diciembre de 2024.- Octavio Manuel Fernández Hernández,
Secretario General Exmo. Ayuntamiento de Candelaria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a9bc18f52d07b90bf43b80c01125605095597287
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RÉGIMEN DE RECURSOS