Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2025-3955)
BOP-2025-3955 Corrección Bases de la Convocatoria para el acceso a una Plaza de Agente de la Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA
Plaza de la Constitución, 1 - 10500 Valencia de Alcántara (Cáceres)
Teléfonos.: 927580326 - 927580344
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es
P1020700I
Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con menor
presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando éste no
represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor
puntuación. Se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un
anuncio que contendrá los aspirantes que resulta seleccionados y elevará dicha relación al Sr. Alcaldes-
presidente formulando la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera, nombramiento
que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mejor puntuación, sin que pueda superar
el número de seleccionados el de los puestos objeto de esta convocatoria que son uno.
El aspirante propuesto para su nombramiento estará obligado a presentar, dentro del plazo de
20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el
tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, todos los
documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria y
además:
- Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el
desempeño de las funciones propias del cargo.
Quien dentro del plazo indicado no presentare la documentación, o no reuniera los requisitos
exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrá ser nombrado y quedarían anuladas todas las
actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde presidente efectuará el
nombramiento a favor del aspirante primero, que no propuesto para su selección, tuviera la mayor
puntuación, aplicándose en caso de empate entre aspirantes las normas establecidas en la base
séptima.
Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos anteriores, la Alcaldía-Presidencia
procederá al nombramiento como funcionario del Ayuntamiento de Hervás al aspirante propuesto.
OCTAVA. Nombramiento y Toma de Posesión
Previo a la resolución del nombramiento de los aspirantes, el Ayuntamiento se reserva la
Cód.
Validación:
6G7R2L9GT3GJSDZHXDC7RCHJ4
Verificación:
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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BOP-2025-3955
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de julio de 2025
N.º 0145
Pág. 17868
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Teléfonos.: 927580326 - 927580344
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P1020700I
Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con menor
presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando éste no
represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor
puntuación. Se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará por orden de puntuación, un
anuncio que contendrá los aspirantes que resulta seleccionados y elevará dicha relación al Sr. Alcaldes-
presidente formulando la propuesta de nombramiento como funcionario de carrera, nombramiento
que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mejor puntuación, sin que pueda superar
el número de seleccionados el de los puestos objeto de esta convocatoria que son uno.
El aspirante propuesto para su nombramiento estará obligado a presentar, dentro del plazo de
20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el
tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, todos los
documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria y
además:
- Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- Certificado médico de no padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que le incapacite para el
desempeño de las funciones propias del cargo.
Quien dentro del plazo indicado no presentare la documentación, o no reuniera los requisitos
exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrá ser nombrado y quedarían anuladas todas las
actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde presidente efectuará el
nombramiento a favor del aspirante primero, que no propuesto para su selección, tuviera la mayor
puntuación, aplicándose en caso de empate entre aspirantes las normas establecidas en la base
séptima.
Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos anteriores, la Alcaldía-Presidencia
procederá al nombramiento como funcionario del Ayuntamiento de Hervás al aspirante propuesto.
OCTAVA. Nombramiento y Toma de Posesión
Previo a la resolución del nombramiento de los aspirantes, el Ayuntamiento se reserva la
Cód.
Validación:
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Verificación:
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