Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2025-3955)
BOP-2025-3955 Corrección Bases de la Convocatoria para el acceso a una Plaza de Agente de la Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA
Plaza de la Constitución, 1 - 10500 Valencia de Alcántara (Cáceres)
Teléfonos.: 927580326 - 927580344
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es
P1020700I
misma y no desempeñe actividad retribuida, inscrita legalmente
en el municipio convocante, con una antigüedad de residencia
en el Padrón Municipal mínima de 1 año
La acreditación se efectuará aportando certificado de empadronamiento en Valencia de
Alcántara de la/s persona/s que, en su caso, motiven el mérito, así como documentación acreditativa de
las circunstancias adicionales referidas a este mérito (tales como DNI o certificados del registro civil de
nacimiento de los hijos, con resoluciones de grado de discapacidad o certificados de minusvalía,
convenio regulador para persona divorciada o separada…).
SÉPTIMA. Calificación del proceso de movilidad
La calificación definitiva de las personas aspirantes en el proceso de movilidad será la suma de
las puntuaciones alcanzadas. La puntuación total de cada aspirante determinará su posición en la
relación definitiva del proceso, que se confeccionará de mayor a menor puntuación.
En caso de empate, el Tribunal Calificador seleccionará a la/s persona/s aspirante/s aplicando
los siguientes criterios:
En primer lugar, para dirimir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya
obtenido en el apartado Experiencia Profesional.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Formación Continua.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Agrupación/conciliación vida familiar y laboral.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Titulaciones Académicas.
De continuar el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Docencia.
De seguir persistiendo el empate, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en
el apartado Condecoraciones.
De continuar el empate y se hubieran incluido en la convocatoria la valoración de méritos
específicos, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en dicho apartado.
De persistir el empate éste se resolverá en favor de aquélla persona que mayor puntuación
obtenga aplicando todos los criterios de valoración sin límite máximo de puntos por cada
criterio.
Cód.
Validación:
6G7R2L9GT3GJSDZHXDC7RCHJ4
Verificación:
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
10
de
15
CVE:
BOP-2025-3955
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de julio de 2025
N.º 0145
Pág. 17867
Plaza de la Constitución, 1 - 10500 Valencia de Alcántara (Cáceres)
Teléfonos.: 927580326 - 927580344
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P1020700I
misma y no desempeñe actividad retribuida, inscrita legalmente
en el municipio convocante, con una antigüedad de residencia
en el Padrón Municipal mínima de 1 año
La acreditación se efectuará aportando certificado de empadronamiento en Valencia de
Alcántara de la/s persona/s que, en su caso, motiven el mérito, así como documentación acreditativa de
las circunstancias adicionales referidas a este mérito (tales como DNI o certificados del registro civil de
nacimiento de los hijos, con resoluciones de grado de discapacidad o certificados de minusvalía,
convenio regulador para persona divorciada o separada…).
SÉPTIMA. Calificación del proceso de movilidad
La calificación definitiva de las personas aspirantes en el proceso de movilidad será la suma de
las puntuaciones alcanzadas. La puntuación total de cada aspirante determinará su posición en la
relación definitiva del proceso, que se confeccionará de mayor a menor puntuación.
En caso de empate, el Tribunal Calificador seleccionará a la/s persona/s aspirante/s aplicando
los siguientes criterios:
En primer lugar, para dirimir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya
obtenido en el apartado Experiencia Profesional.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Formación Continua.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Agrupación/conciliación vida familiar y laboral.
De persistir el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Titulaciones Académicas.
De continuar el empate se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en el
apartado Docencia.
De seguir persistiendo el empate, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en
el apartado Condecoraciones.
De continuar el empate y se hubieran incluido en la convocatoria la valoración de méritos
específicos, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en dicho apartado.
De persistir el empate éste se resolverá en favor de aquélla persona que mayor puntuación
obtenga aplicando todos los criterios de valoración sin límite máximo de puntos por cada
criterio.
Cód.
Validación:
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Verificación:
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