Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Miravete. (BOP-2025-3915)
BOP-2025-3915 Licitación Licencia N.º 1 de Auto - Turismo.
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servicios en la localidad, partirá de los siguientes criterios objetivos (no se prevén criterios de
juicios de valor) y puntuaciones:
Condiciones técnicas del vehículo: Se valorará hasta un máximo de 3 puntos, atendiendo a las
características del vehículo ofertado.
Para su valoración se analizará tres bloques:
Mayor cilindrada del vehículo;
Mayor potencia;
Mejor equipamiento (sistema de seguridad, equipamiento exterior e interior, emisiones de CO2,
etc.).
A cada bloque se le asignará un máximo de 1 puntos.
Accesibilidad del vehículo: Se valorará con 3 puntos el vehículo que se encuentre adaptado, de
modo que permita prestar servicios a personas con discapacidad o de movilidad reducida, o
bien se halle el vehículo a la fecha de presentación de la solicitud, en proceso de
transformación para lograr dicha accesibilidad, en cuyo caso deberá acreditarlo mediante hoja
de encargo o presupuesto emitido por establecimiento, taller u organismo competente para
realizar dichas actuaciones. En este último caso, el concursante deberá aportar en el plazo de
6 meses desde la concesión de la licencia, la factura y justificante de pago que acredite la
finalización de la transformación del vehículo, incurriendo en caso contrario en causa de
revocación y retirada de licencia.
Rigurosa y continuada antigüedad como conductor/a en transporte de viajeros/as, con una
puntuación máxima de 1 puntos. El/a solicitante que acredite mayor antigüedad recibirá 1
punto, y el resto la puntuación que resulta de la aplicación de una regla de tres inversa.
Para acreditar este mérito, habrá de aportarse contratos de trabajo o certificados de empresa
acreditativos de haber estado prestando servicios como conductor/a en transporte de
viajeros/as. Y vida laboral, donde conste de manera inequívoca la actividad por la que se
cotiza.
Antigüedad en el carnet de conducir requerido: 0,20 puntos por cada 2 años de tenencia del
carnet hasta un máximo de 2 puntos.
La tenencia de permiso de conducir de clase superior al exigido, se valorará con 1 punto, lo
que deberá acreditarse con la presentación de su copia auténtica.
CVE:
BOP-2025-3915
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de julio de 2025
N.º 0144
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