Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Miravete. (BOP-2025-3915)
BOP-2025-3915 Licitación Licencia N.º 1 de Auto - Turismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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defensa de sus derechos en el plazo de 15 días de conformidad con el art. 10 del Real Decreto
763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios
urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros (en adelante RD 763/79).
En un plazo no superior a 7 días desde la apertura de la documentación administrativa, se
procederá a la apertura del Sobre B). La mesa de contratación clasificará, por orden
decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas
o anormales.
La prelación para la adjudicación de las licencias será en favor de los/as conductores/as
asalariados/as de los/as titulares de las licencias de la clase B) que presten servicios en la
localidad, por rigurosa y continuada antigüedad (art. 10 in fine del RD 763/79).
Si no existieran conductores/as asalariados/as de los/as titulares de las licencias de la clase B
que las soliciten, la adjudicación se efectuará por concurso libre aplicando los criterios
señalados en la base sexta.
El órgano de contratación requerirá al/a candidato/a que haya presentado la propuesta con
mejor puntuación para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a
aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de
hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de
ello, y de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución. Si en el plazo concedido no se ha presentado la documentación, se
entenderá que el licitador ha retirado su solicitud y propuesta, procediéndose en este caso a
recabar la misma documentación al licitador siguiente.
El órgano de contratación encargado de la adjudicación de la licencia a los/as solicitantes con
mejor derecho acreditado, lo será la Alcaldía, o el Pleno de la Corporación en caso de
delegación. Este órgano de contratación deberá adjudicar las licencias dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta una
licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los
criterios de figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los/as
candidatos/as o licitadores/as.
SÉPTIMA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
La valoración de las proposiciones por la mesa de contratación, para el caso de no existir
conductores/as asalariados/as de los/as titulares de las licencias de la clase B) que presten
CVE:
BOP-2025-3915
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de julio de 2025
N.º 0144
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763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios
urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros (en adelante RD 763/79).
En un plazo no superior a 7 días desde la apertura de la documentación administrativa, se
procederá a la apertura del Sobre B). La mesa de contratación clasificará, por orden
decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas
o anormales.
La prelación para la adjudicación de las licencias será en favor de los/as conductores/as
asalariados/as de los/as titulares de las licencias de la clase B) que presten servicios en la
localidad, por rigurosa y continuada antigüedad (art. 10 in fine del RD 763/79).
Si no existieran conductores/as asalariados/as de los/as titulares de las licencias de la clase B
que las soliciten, la adjudicación se efectuará por concurso libre aplicando los criterios
señalados en la base sexta.
El órgano de contratación requerirá al/a candidato/a que haya presentado la propuesta con
mejor puntuación para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a
aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de
hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de
ello, y de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o
adscribir a la ejecución. Si en el plazo concedido no se ha presentado la documentación, se
entenderá que el licitador ha retirado su solicitud y propuesta, procediéndose en este caso a
recabar la misma documentación al licitador siguiente.
El órgano de contratación encargado de la adjudicación de la licencia a los/as solicitantes con
mejor derecho acreditado, lo será la Alcaldía, o el Pleno de la Corporación en caso de
delegación. Este órgano de contratación deberá adjudicar las licencias dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta una
licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los
criterios de figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los/as
candidatos/as o licitadores/as.
SÉPTIMA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
La valoración de las proposiciones por la mesa de contratación, para el caso de no existir
conductores/as asalariados/as de los/as titulares de las licencias de la clase B) que presten
CVE:
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Verificable
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Miércoles, 30 de julio de 2025
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