Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes. (BOP-2025-3857)
BOP-2025-3857 Bases Reguladoras del Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales 2025.
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MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS
“COMARCA DE LAS HURDES”
C/ Río s/n - C.P. 10623 VEGAS DE CORIA - NUÑOMORAL
(CACERES)
Tf: 927 43 41 36/23 Fax: 927 43 41 11
e-mail: administracion@mancomunidadhurdes.org
Para facilitar el descanso, así como la cobertura de las necesidades puntuales derivadas de la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral, de las personas cuidadoras habituales no
profesionales que conviven cada día con las personas a las que atiende, y que se señalan en la
Base IV de la presente convocatoria, serán objeto de financiación la prestación de los servicios
que se definen a continuación, cuando su prestación se haya realizado entre el día siguiente
de la publicación de las presentes bases en el BOP y el 15 de diciembre de 2025.
a) Acompañamiento y asistencia domiciliaria:
Máximo 65 horas por persona atendida al año que se podrán distribuir como mejor convenga
a las personas cuidadoras habituales no profesionales.
Coste de la hora: coste de una persona cuidadora según convenio colectivo.
b) Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio en horario
diurno, nocturno, en tiempo libre, en fines de semana y en periodos vacacionales,
así como descansos en hospitalizaciones parciales ambulatorias,
acompañamientos a servicios especializados ambulatorios, postoperatorios y
otros servicios transitorios análogos.
Duración máxima de la actividad: 36 horas al año.
Coste de la hora: coste de una persona cuidadora según convenio colectivo.
El servicio de respiro puede coincidir con el horario de la comida de la persona atendida que
requiere de los cuidados, siendo función del profesional que presta el servicio supervisar el
desarrollo correcto de la misma.
El coste de los alimentos no está incluido en el servicio de respiro.
c) Asistencia en establecimiento externo no sociosanitario:
Las actividades irán dirigidas a realizar el respiro en otro tipo de establecimientos no
sociosanitarios, siempre que cuenten con los elementos necesarios para ello. Se incluirán las
actividades de ocio que procedan tales como: asistencia a la playa, montaña, campamentos,
etc.
La entidad beneficiaria se responsabilizará de la seguridad de las personas atendidas.
Duración mínima de la actividad: 2 días.
Coste máximo de la actividad por persona: 504 euros.
Coste máximo por día: 72 €
d) Asistencia en establecimiento externo sociosanitario:
En la asistencia en que se plantee un servicio residencial temporal o de centro de día, se deberá
dar el contenido prestacional propio de los servicios de centros sociosanitarios y centros de
día.
CVE:
BOP-2025-3857
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de julio de 2025
N.º 0141
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