Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2025-3509)
BOP-2025-3509 Modificación del Reglamento de Régimen Interno Residencia Virgen de la Luz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Cualquier otra que pudiera atribuírsele.
2.- CONSEJO DE DIRECCIÓN se integra por los representantes de los usuarios, de los
familiares y de los trabajadores elegidos de forma directa, libre y secreta, así como por los
representantes de la Administración local además de la Dirección del Centro. Todos tendrán
voz y voto. Junto con los representantes se elegirán un número igual de suplentes.
Cargos:
- Presidente: El Alcalde o Concejal/a de Bienestar Social.
Vicepresidente 1º: ocupado por el representante de los residentes o personal que legalmente
ostente la representación legal conforme a la ley, elegido en la Asamblea General por mayor
número de votos obtenidos. (Deberá presentar el Acta de la Asamblea con su designación. En
el caso del representante legal presentará la documentación por la que se le otorga.).
- Vicepresidente 2º: ocupado por el representante de los trabajadores, elegido por mayor
número de votos. Dicha elección se realizará por la entidad de manera libre, directa y secreta
tras convocatoria explícita y directa a través de la presentación de candidaturas y de votación
específica.
- Secretario: ocupado por la Dirección del Centro.
- Vocal 1º: ocupado por el representante de los familiares más votado en la Asamblea.
(Deberá presentar el Acta de la Asamblea con su designación).
- Vocal 2º: ocupado por un representante de la administración local y designado por la
concejalía de Bienestar Social, y que preferentemente será la persona encargada del Servicio
Social de la Residencia.
- Vocal 3º: ocupado por un representante de la gestión y funcionamiento del centro y designado
por la Dirección.
- Vocales natos: representantes de cada uno de los grupos políticos integrados en el
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz en número 2 el grupo mayoritario y 1 representante los
demás grupos.
El número de representantes de este Órgano Directivo será siempre impar.
La condición de miembro del Consejo de Dirección se resolverá por:
CVE:
BOP-2025-3509
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de julio de 2025
N.º 0128
Pág. 16152
2.- CONSEJO DE DIRECCIÓN se integra por los representantes de los usuarios, de los
familiares y de los trabajadores elegidos de forma directa, libre y secreta, así como por los
representantes de la Administración local además de la Dirección del Centro. Todos tendrán
voz y voto. Junto con los representantes se elegirán un número igual de suplentes.
Cargos:
- Presidente: El Alcalde o Concejal/a de Bienestar Social.
Vicepresidente 1º: ocupado por el representante de los residentes o personal que legalmente
ostente la representación legal conforme a la ley, elegido en la Asamblea General por mayor
número de votos obtenidos. (Deberá presentar el Acta de la Asamblea con su designación. En
el caso del representante legal presentará la documentación por la que se le otorga.).
- Vicepresidente 2º: ocupado por el representante de los trabajadores, elegido por mayor
número de votos. Dicha elección se realizará por la entidad de manera libre, directa y secreta
tras convocatoria explícita y directa a través de la presentación de candidaturas y de votación
específica.
- Secretario: ocupado por la Dirección del Centro.
- Vocal 1º: ocupado por el representante de los familiares más votado en la Asamblea.
(Deberá presentar el Acta de la Asamblea con su designación).
- Vocal 2º: ocupado por un representante de la administración local y designado por la
concejalía de Bienestar Social, y que preferentemente será la persona encargada del Servicio
Social de la Residencia.
- Vocal 3º: ocupado por un representante de la gestión y funcionamiento del centro y designado
por la Dirección.
- Vocales natos: representantes de cada uno de los grupos políticos integrados en el
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz en número 2 el grupo mayoritario y 1 representante los
demás grupos.
El número de representantes de este Órgano Directivo será siempre impar.
La condición de miembro del Consejo de Dirección se resolverá por:
CVE:
BOP-2025-3509
Verificable
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Martes, 8 de julio de 2025
N.º 0128
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