Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2025-3509)
BOP-2025-3509 Modificación del Reglamento de Régimen Interno Residencia Virgen de la Luz.
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se exigen con la misma y que se recogerán en el Servicio Social de Base del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz o con la Trabajadora Social de la Residencia de Mayores. A continuación, se
constituirá un expediente que será baremado y se confeccionará un listado de peticionarios
ordenados por riguroso orden de puntuación.
SISTEMA DE PARTICIPACIÓN EN ORGANOS DE GESTIÓN.
Los órganos de participación y de representación de los residentes en la Residencia de
Mayores de Arroyo de la Luz son La Asamblea General y la Consejo de Dirección.
1.- La ASAMBLEA GENERAL estará formada por la totalidad de los residentes y los familiares
representantes de los mismos. Será un órgano de autogestión donde se realizará la elección
de los usuarios y representantes de los familiares que se integrarán como miembros del
consejo de dirección.
Esta elección tendrá lugar dentro de todo el colectivo de manera libre y directa, tras
convocatoria explícita y directa a través de presentación de candidaturas y de votación
específica. Para tal fin, constituirán un proceso autogestionado en el que no estará presente la
entidad.
Tendrá como funciones principalmente:
Conocer el presupuesto para actividades socioculturales del Centro.
Conocer y aprobar el programa anual de actividades propuestas por el Consejo de Dirección.
Conocer temas de especial interés para los residentes que afecten al funcionamiento general
del Centro.
Revocar el mandato de cargos de los representantes de usuarios del Consejo de Dirección,
mediante acuerdo adoptado por la mayoría de los 2/3 que la componen, siempre mediante
causa justificada y conste como punto en el orden del día en la convocatoria de la Asamblea.
Aprobar o modificar el orden del día de la Asamblea.
Conocer las propuestas de modificación del contenido del Reglamento de Régimen Interior
presentadas por el Consejo de Dirección.
Promover la concesión del título de “residente de honor” a favor de aquellas personas o
entidades ajenas al Centro, que, por su colaboración o actuación destacada, en beneficio del
mismo, merezcan tal distinción.
CVE:
BOP-2025-3509
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de julio de 2025
N.º 0128
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Arroyo de la Luz o con la Trabajadora Social de la Residencia de Mayores. A continuación, se
constituirá un expediente que será baremado y se confeccionará un listado de peticionarios
ordenados por riguroso orden de puntuación.
SISTEMA DE PARTICIPACIÓN EN ORGANOS DE GESTIÓN.
Los órganos de participación y de representación de los residentes en la Residencia de
Mayores de Arroyo de la Luz son La Asamblea General y la Consejo de Dirección.
1.- La ASAMBLEA GENERAL estará formada por la totalidad de los residentes y los familiares
representantes de los mismos. Será un órgano de autogestión donde se realizará la elección
de los usuarios y representantes de los familiares que se integrarán como miembros del
consejo de dirección.
Esta elección tendrá lugar dentro de todo el colectivo de manera libre y directa, tras
convocatoria explícita y directa a través de presentación de candidaturas y de votación
específica. Para tal fin, constituirán un proceso autogestionado en el que no estará presente la
entidad.
Tendrá como funciones principalmente:
Conocer el presupuesto para actividades socioculturales del Centro.
Conocer y aprobar el programa anual de actividades propuestas por el Consejo de Dirección.
Conocer temas de especial interés para los residentes que afecten al funcionamiento general
del Centro.
Revocar el mandato de cargos de los representantes de usuarios del Consejo de Dirección,
mediante acuerdo adoptado por la mayoría de los 2/3 que la componen, siempre mediante
causa justificada y conste como punto en el orden del día en la convocatoria de la Asamblea.
Aprobar o modificar el orden del día de la Asamblea.
Conocer las propuestas de modificación del contenido del Reglamento de Régimen Interior
presentadas por el Consejo de Dirección.
Promover la concesión del título de “residente de honor” a favor de aquellas personas o
entidades ajenas al Centro, que, por su colaboración o actuación destacada, en beneficio del
mismo, merezcan tal distinción.
CVE:
BOP-2025-3509
Verificable
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Martes, 8 de julio de 2025
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