Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3486)
BOP-2025-3486 Aprobacion inicial Reglamento Evaluación del Desempeño.
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mejora organizativa. Por su parte, los artículos 22 y 24 establecen que las retribuciones
complementarias están directamente vinculadas a las características del puesto, el
rendimiento y los resultados obtenidos, evaluándose aspectos como el interés, la iniciativa
y el esfuerzo de las personas empleadas públicas.
El artículo 20 del TREBEP permite a las leyes de Función Pública desarrollar la
carrera profesional horizontal, facilitando el reconocimiento y promoción sin necesidad
de cambiar de puesto de trabajo. La Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, establecía en su artículo 102 la obligación de las administraciones públicas
de Extremadura de aprobar reglamentos específicos para regular la carrera profesional y
en su artículo 113 la creación de sistemas de evaluación del desempeño. En cumplimiento
de estas disposiciones, se dicta el presente reglamento que regula la evaluación del
desempeño del personal que presta servicios en la Diputación Provincial de Cáceres, el
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (OARGT), en ejercicio de la
potestad reglamentaria y de autoorganización, en coherencia con las bases estatales
previstas en el TREBEP y conforme al artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
En la Diputación Provincial de Cáceres, desde la firma del Acuerdo sobre la
carrera profesional horizontal, el 14 de octubre de 2016, con los representantes sindicales
de USO, GID, UGT, CCOO, CSIF y TECAE, basado en el TREBEP y la Ley de Función
Pública de Extremadura, se adquirió el compromiso de estudiar y analizar los modelos
más efectivos de carrera profesional y evaluación del desempeño implementados en otras
administraciones, con vistas a adaptar las mejores prácticas al contexto de la Diputación.
Después de un análisis exhaustivo de los distintos modelos implantados en
administraciones autonómicas y locales, este reglamento, por tanto, constituye un paso
significativo hacia una administración pública más profesional, competitiva y
comprometida con la calidad de los servicios, integrando principios de transparencia,
objetividad, proporcionalidad, imparcialidad y no discriminación, y sirviendo como
marco de referencia para consolidar la profesionalización de su personal empleado
público.
CVE:
BOP-2025-3486
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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