Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3486)
BOP-2025-3486 Aprobacion inicial Reglamento Evaluación del Desempeño.
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1. El personal evaluador deberá observar, registrar y valorar la ejecución efectiva del
trabajo de los empleados y empleadas públicos sujetos a evaluación, e informarles sobre
su rendimiento profesional y desempeño, indicándoles aquello en lo que deban mejorar.
2. Sus cometidos esenciales serán:
a) Realizar la entrevista previa de evaluación del desempeño para suscribir con el
personal empleado público el «Acuerdo de Objetivos» a que se refiere el artículo
5.2 de este reglamento.
b) Realizar la evaluación en los términos que se establezcan.
c) Notificar a la persona evaluada el «Informe de Evaluación del Desempeño»,
que recoge el resultado obtenido.
d) Proponer acciones de mejora, incluyendo una formación específica si considera
que el evaluado puede mejorar ostensiblemente con esta medida.
3. En aquellas unidades administrativas cuya estructura esté dividida en secciones,
departamentos, centros/parques, o similares, la persona responsable de la unidad
administrativa/servicio podrá requerir la colaboración de las jefaturas de
sección/departamento/jefatura de parque, o similares, para realizar las funciones
contenidas en este artículo, así como delegar las funciones recogidas en el punto 1 y 2.a.
Artículo 12. Comisión de seguimiento de la Evaluación del Desempeño.
1. Se constituye la Comisión de seguimiento de la Evaluación del Desempeño como el
órgano colegiado permanente del seguimiento y observación del procedimiento y
resultados de la Evaluación del Desempeño.
2. En cuanto a su composición estará Presidida por la persona titular del Área competente
en materia de Recursos Humanos o la persona en quien ésta delegue.
CVE:
BOP-2025-3486
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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