Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3486)
BOP-2025-3486 Aprobacion inicial Reglamento Evaluación del Desempeño.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
10
la Diputación Provincial de Cáceres, el OARGT, y cualquier otra entidad que se adhiera
al presente reglamento.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto.
El presente reglamento tiene por objeto la regulación del sistema de evaluación
del desempeño de las empleadas y empleados públicos incluidos en su ámbito de
aplicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 105 y 113 de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, y el artículo 20 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 2. Definición de evaluación del desempeño.
1. La evaluación del desempeño es el instrumento que posibilita anualmente la evaluación
y valoración de la conducta profesional y mide el rendimiento profesional o el logro de
resultados de las empleadas y empleados públicos, con la finalidad de mejorar la
productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos.
2. El sistema de evaluación del desempeño se adecuará a criterios de relevancia de los
contenidos, fiabilidad de los instrumentos, objetividad de los medios, transparencia,
imparcialidad y no discriminación, debiendo aplicarse sin menoscabo de los derechos del
empleado público conforme a lo dispuesto en el artículo 113.2 de la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura.
Artículo 3. Ámbito de aplicación de la evaluación del desempeño.
La participación en los procedimientos de evaluación del desempeño será obligatoria para
todo el personal que se encuentre en situación de servicio activo o asimilada, en la
Diputación Provincial de Cáceres, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
CVE:
BOP-2025-3486
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
Pág. 16057
la Diputación Provincial de Cáceres, el OARGT, y cualquier otra entidad que se adhiera
al presente reglamento.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto.
El presente reglamento tiene por objeto la regulación del sistema de evaluación
del desempeño de las empleadas y empleados públicos incluidos en su ámbito de
aplicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 105 y 113 de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, y el artículo 20 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 2. Definición de evaluación del desempeño.
1. La evaluación del desempeño es el instrumento que posibilita anualmente la evaluación
y valoración de la conducta profesional y mide el rendimiento profesional o el logro de
resultados de las empleadas y empleados públicos, con la finalidad de mejorar la
productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos.
2. El sistema de evaluación del desempeño se adecuará a criterios de relevancia de los
contenidos, fiabilidad de los instrumentos, objetividad de los medios, transparencia,
imparcialidad y no discriminación, debiendo aplicarse sin menoscabo de los derechos del
empleado público conforme a lo dispuesto en el artículo 113.2 de la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura.
Artículo 3. Ámbito de aplicación de la evaluación del desempeño.
La participación en los procedimientos de evaluación del desempeño será obligatoria para
todo el personal que se encuentre en situación de servicio activo o asimilada, en la
Diputación Provincial de Cáceres, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
CVE:
BOP-2025-3486
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
Pág. 16057