Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3485)
BOP-2025-3485 Acuerdo carrera Profesional.
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mecanismos previstos en el ordenamiento jurídico para suplir las lagunas normativas, las
partes negociadoras acuerdan que estas dudas interpretativas se puedan debatir dentro
del sistema no judicial de resolución de conflictos y discrepancias establecido en el
apartado Duodécimo del presente Acuerdo. Dicho sistema tendrá por objeto determinar la
forma en que deben resolverse los distintos supuestos no previstos expresamente en el
presente acuerdo, garantizando el respeto al principio de igualdad y no discriminación,
respetando las reglas previstas en el presente Acuerdo.
Teniendo en cuenta estas modificaciones aprobadas, el Acuerdo de la Carrera
profesional Horizontal del personal de la Diputación Provincial de Cáceres y sus
Organismos Autónomos queda redactado de la siguiente manera:
ACUERDO DE LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL DEL PERSONAL
EMPLEADO PÚBLICO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Y
SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
PRIMERO. Ámbito Personal
El personal que presta servicios en la Diputación Provincial de Cáceres y el
Organismos Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante OARGT; y en
cualquier otra entidad que se adhiera al presente Acuerdo y que tenga la condición de
Funcionario de Carrera, Funcionario Interino, Laboral Fijo, Laboral Temporal y Indefinido
no fijo, desde su toma de posesión y/o firma del correspondiente contrato, podrá
progresar profesionalmente en su carrera administrativa sin necesidad de cambiar de
puesto de trabajo, cuando cumpla las condiciones y requisitos que se establezcan en el
presente texto y demás documentos que se aprueben por esta Diputación que deberán
adaptarse en sus principios básicos a los previstos en el TREBEP y en la legislación
sobre Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
SEGUNDO. Características.
La carrera profesional en la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos
Autónomos a la que se refiere el párrafo anterior reunirá las siguientes características:
• Voluntaria.
• Independiente de la Escala Jerárquica.
• Objetivable y mensurable.
• Evaluable por una Comisión de Evaluación establecida al efecto en la que
participarán las organizaciones que tengan representación en la Mesa General de
Negociación.
• Establecimiento de perfiles profesionales con reconocimiento específico.
• Se reconocerán los períodos trabajados como personal funcionario de carrera,
funcionario interino y personal laboral fijo, temporal o indefinido no fijo en cualquier
Administración Pública.
• Los méritos tenidos en cuenta para el acceso a un nivel no podrán utilizarse para
el acceso a otro.
TERCERO. Niveles.
CVE:
BOP-2025-3485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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mecanismos previstos en el ordenamiento jurídico para suplir las lagunas normativas, las
partes negociadoras acuerdan que estas dudas interpretativas se puedan debatir dentro
del sistema no judicial de resolución de conflictos y discrepancias establecido en el
apartado Duodécimo del presente Acuerdo. Dicho sistema tendrá por objeto determinar la
forma en que deben resolverse los distintos supuestos no previstos expresamente en el
presente acuerdo, garantizando el respeto al principio de igualdad y no discriminación,
respetando las reglas previstas en el presente Acuerdo.
Teniendo en cuenta estas modificaciones aprobadas, el Acuerdo de la Carrera
profesional Horizontal del personal de la Diputación Provincial de Cáceres y sus
Organismos Autónomos queda redactado de la siguiente manera:
ACUERDO DE LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL DEL PERSONAL
EMPLEADO PÚBLICO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Y
SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
PRIMERO. Ámbito Personal
El personal que presta servicios en la Diputación Provincial de Cáceres y el
Organismos Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante OARGT; y en
cualquier otra entidad que se adhiera al presente Acuerdo y que tenga la condición de
Funcionario de Carrera, Funcionario Interino, Laboral Fijo, Laboral Temporal y Indefinido
no fijo, desde su toma de posesión y/o firma del correspondiente contrato, podrá
progresar profesionalmente en su carrera administrativa sin necesidad de cambiar de
puesto de trabajo, cuando cumpla las condiciones y requisitos que se establezcan en el
presente texto y demás documentos que se aprueben por esta Diputación que deberán
adaptarse en sus principios básicos a los previstos en el TREBEP y en la legislación
sobre Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
SEGUNDO. Características.
La carrera profesional en la Diputación Provincial de Cáceres y sus Organismos
Autónomos a la que se refiere el párrafo anterior reunirá las siguientes características:
• Voluntaria.
• Independiente de la Escala Jerárquica.
• Objetivable y mensurable.
• Evaluable por una Comisión de Evaluación establecida al efecto en la que
participarán las organizaciones que tengan representación en la Mesa General de
Negociación.
• Establecimiento de perfiles profesionales con reconocimiento específico.
• Se reconocerán los períodos trabajados como personal funcionario de carrera,
funcionario interino y personal laboral fijo, temporal o indefinido no fijo en cualquier
Administración Pública.
• Los méritos tenidos en cuenta para el acceso a un nivel no podrán utilizarse para
el acceso a otro.
TERCERO. Niveles.
CVE:
BOP-2025-3485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
Pág. 16033