Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3485)
BOP-2025-3485 Acuerdo carrera Profesional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Carrera Profesional 2029 (Abono 2030):
• Permanencia (N1 5 años, N2:12 años, N3: 19 años)
• Formación establecida en el acuerdo, según niveles
• 3 evaluaciones de desempeño positivas, de 5 realizadas.
Carrera Profesional 2030 (Abono 2031):
• Permanencia (N1 5 años, N2:12 años, N3: 19 años)
• Formación establecida en el acuerdo, según niveles
• 3 evaluaciones de desempeño positivas, de 6 realizadas.
Carrera Profesional 2031 (Abono 2032):
• Permanencia (N1 5 años, N2:12 años, N3: 19 años)
• Formación establecida en el acuerdo, según niveles
• 4 evaluaciones de desempeño positivas, de 7 realizadas.
UNDÉCIMO. Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo.
En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 38.5 del TREBEP se constituye la
Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del presente Acuerdo. Sus funciones
serán las de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilancia de su cumplimiento.
Composición
Estará integrada por el mismo número de miembros que compongan en cada
momento la Comisión Paritaria de Seguimiento del Acuerdo-Convenio por el que se
regulan las relaciones entre los funcionarios y el personal laboral de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres y la Corporación Provincial, tanto en la representación de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como de los Sindicatos con representación en
la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos, y proporcionalmente a su
representación. Asimismo, podrá asistir el personal asesor previstos para la citada Mesa.
La Comisión Paritaria estará Presidida por el Diputado/a delegado/a del Área de
Personal y la Secretaría de la misma corresponderá a una persona funcionaria del Área
de Personal.
Funciones
Las funciones específicas de la Comisión Paritaria serán las siguientes:
a) Resolución de conflictos de interpretación y aplicación de la totalidad del articulado
y anexos del presente Acuerdo.
b) Conocer e Informar cualquier conflicto colectivo derivado de la aplicación e
interpretación del presente acuerdo, con carácter previo a la resolución extrajudicial de
conflictos colectivos.
c) Elaborar y aprobar su reglamento de funcionamiento interno.
CVE:
BOP-2025-3485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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Carrera Profesional 2029 (Abono 2030):
• Permanencia (N1 5 años, N2:12 años, N3: 19 años)
• Formación establecida en el acuerdo, según niveles
• 3 evaluaciones de desempeño positivas, de 5 realizadas.
Carrera Profesional 2030 (Abono 2031):
• Permanencia (N1 5 años, N2:12 años, N3: 19 años)
• Formación establecida en el acuerdo, según niveles
• 3 evaluaciones de desempeño positivas, de 6 realizadas.
Carrera Profesional 2031 (Abono 2032):
• Permanencia (N1 5 años, N2:12 años, N3: 19 años)
• Formación establecida en el acuerdo, según niveles
• 4 evaluaciones de desempeño positivas, de 7 realizadas.
UNDÉCIMO. Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo.
En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 38.5 del TREBEP se constituye la
Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del presente Acuerdo. Sus funciones
serán las de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilancia de su cumplimiento.
Composición
Estará integrada por el mismo número de miembros que compongan en cada
momento la Comisión Paritaria de Seguimiento del Acuerdo-Convenio por el que se
regulan las relaciones entre los funcionarios y el personal laboral de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres y la Corporación Provincial, tanto en la representación de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como de los Sindicatos con representación en
la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos, y proporcionalmente a su
representación. Asimismo, podrá asistir el personal asesor previstos para la citada Mesa.
La Comisión Paritaria estará Presidida por el Diputado/a delegado/a del Área de
Personal y la Secretaría de la misma corresponderá a una persona funcionaria del Área
de Personal.
Funciones
Las funciones específicas de la Comisión Paritaria serán las siguientes:
a) Resolución de conflictos de interpretación y aplicación de la totalidad del articulado
y anexos del presente Acuerdo.
b) Conocer e Informar cualquier conflicto colectivo derivado de la aplicación e
interpretación del presente acuerdo, con carácter previo a la resolución extrajudicial de
conflictos colectivos.
c) Elaborar y aprobar su reglamento de funcionamiento interno.
CVE:
BOP-2025-3485
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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