Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2025-2848)
BOP-2025-2848 Bases reguladoras que regirán las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias para el año 2025.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE SALORINO
3. En atención a su carácter puntual y extraordinario, se podrá conceder como máximo una
ayuda por año a cada unidad familiar, salvo que se produzca otra circunstancia
sobrevenida posterior para otra necesidad, sin que en ningún caso pueda superarse el
importe máximo establecido para cada anualidad. No obstante, para el mismo concepto
no podrá concederse una nueva ayuda hasta transcurridos dos años desde la concesión
de la anterior ayuda extraordinaria de apoyo social para contingencias.
4. Estas ayudas no podrán ser objeto de cesión, embargo o retención. Así mismo, no podrán
ser objeto de compensación, salvo para el reintegro de las cuantías percibidas
indebidamente por otra ayuda extraordinaria de apoyo social para contingencias de la que
hubiera sido beneficiario cualquier miembro de la unidad familiar con anterioridad.
5. Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias tienen carácter subsidiario
respecto de otros recursos, públicos o privados, o del derecho a la percepción de los
mismos y de cualesquiera prestaciones que pudieran corresponder a la persona
solicitante o a las restantes personas que forman parte de su unidad familiar, debiendo
solicitarse estos recursos o prestaciones con carácter previo a la solicitud de ayuda de
apoyo social para contingencias, aportando copia de la resolución recaída, en su caso.
6. Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias serán compatibles con la
percepción de otras pensiones, prestaciones, ayudas o servicios a cargo de las
Administraciones públicas o entidades públicas o privadas concedidas para la misma
finalidad, siempre que el importe total abonado, individualmente o en concurrencia con las
otras prestaciones, subvenciones o ayudas no supere el coste final. Las pensiones,
prestaciones, ayudas o servicios concedidos para la cobertura genérica de las
necesidades básicas no se tendrán en cuenta a efectos de complementariedad, sin
perjuicio de su cómputo para determinar la suficiencia de rentas o ingresos establecidos.
Artículo 4. Requisitos para ser beneficiarios de las ayudas
1.- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 110/2021, de 22 de septiembre, podrán ser
beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias las personas que
cumplan los siguientes requisitos generales, que deberán concurrir en el momento de la solicitud y
mantenerse hasta que se dicte la resolución correspondiente:
a) Ser mayores de edad, o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o
estén emancipadas, por matrimonio o por concesión judicial de quienes ejerzan la patria
potestad.
b) Estar empadronadas en Salorino, residiendo legal y efectivamente, con una antigüedad
mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Este requisito de antigüedad no será exigible a las personas emigrantes extremeñas
retornadas, a transeúntes, a extranjeras refugiadas o con solicitud de asilo en trámite, así
como a quienes tengan autorizada su estancia por razones humanitarias, o,
excepcionalmente, cuando la situación de emergencia comprometa gravemente su
subsistencia o la de su unidad familiar y así se haya acreditado en el informe motivado
emitido por los Servicios Sociales de Atención Social Básica del Ayuntamiento.
c) Pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos suficientes. Se
entiende por unidad familiar la integrada por la persona solicitante y quienes residan de
Cód.
Validación:
ZNZM95WCGHCD367KDTE9RA4SQ
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
12
CVE:
BOP-2025-2848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
Pág. 13504