Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2025-2848)
BOP-2025-2848 Bases reguladoras que regirán las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias para el año 2025.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS DE
APOYO SOCIAL PARA CONTINGENCIAS DE LA LOCALIDAD DE SALORINO
(CÁCERES) PARA EL AÑO 2025
Artículo 1 - Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión directa de las ayudas extraordinarias de
apoyo social para contingencias a los vecinos de Salorino, con cargo al programa de colaboración
económica municipal en base a la Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Consejería, por la que
se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del
Consejo de gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de
Colaboración Económica Municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias
para 2025, por el que se concede al Ayuntamiento de Salorino un crédito por un importe total de
2.707,09 euros, para la anualidad 2025.
1.- Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir las ayudas
extraordinarias de apoyo social para contingencias para el año 2025 y las obligaciones que se
deriven de ello conforme a los criterios previstos en la Resolución y el Decreto 110/2021, de 22 de
septiembre.
Artículo 2.- Naturaleza y definiciones.
1.-Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias son prestaciones
económicas no periódicas a otorgar a las personas residentes en la localidad de Salorino que, por
situaciones extraordinarias no puedan hacer frente, por sí mismas o mediante los recursos sociales o
institucionales disponibles en el entorno, a determinados gastos considerados básicos, requiriendo
atención en un breve plazo de tiempo con el fin de prevenir, evitar o paliar procesos de exclusión
social y garantizar de manera temporal la cobertura de las necesidades personales básicas de
subsistencia.
2. Por su naturaleza y finalidad de prestación de carácter asistencial, a las ayudas
extraordinarias de apoyo social para contingencias, no le resultará de aplicación la normativa en
materia de subvenciones.
3. La concesión de estas ayudas queda condicionada a la disponibilidad de crédito a la fecha
de resolución de la solicitud.
Artículo 3.- Características.
1. Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, no tendrán carácter
periódico o indefinido, limitándose a cubrir mediante un pago único las necesidades
puntuales e inusuales originadas por contingencias extraordinarias que afecten a las
personas destinatarias. Las situaciones crónicas deberán ser derivadas a otros recursos
sociales e institucionales.
2. Tienen carácter finalista, debiendo destinarse exclusivamente a financiar el gasto para el
que han sido concedidas.
Cód.
Validación:
ZNZM95WCGHCD367KDTE9RA4SQ
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
12
Álvaro
Sánchez
Cotrina
(1
de
1)
Alcalde
Fecha
Firma:
27/05/2025
HASH:
77a831688e9d57363ab9c10e26a265bf
CVE:
BOP-2025-2848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
Pág. 13503
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS DE
APOYO SOCIAL PARA CONTINGENCIAS DE LA LOCALIDAD DE SALORINO
(CÁCERES) PARA EL AÑO 2025
Artículo 1 - Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión directa de las ayudas extraordinarias de
apoyo social para contingencias a los vecinos de Salorino, con cargo al programa de colaboración
económica municipal en base a la Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Consejería, por la que
se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del
Consejo de gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de
Colaboración Económica Municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias
para 2025, por el que se concede al Ayuntamiento de Salorino un crédito por un importe total de
2.707,09 euros, para la anualidad 2025.
1.- Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir las ayudas
extraordinarias de apoyo social para contingencias para el año 2025 y las obligaciones que se
deriven de ello conforme a los criterios previstos en la Resolución y el Decreto 110/2021, de 22 de
septiembre.
Artículo 2.- Naturaleza y definiciones.
1.-Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias son prestaciones
económicas no periódicas a otorgar a las personas residentes en la localidad de Salorino que, por
situaciones extraordinarias no puedan hacer frente, por sí mismas o mediante los recursos sociales o
institucionales disponibles en el entorno, a determinados gastos considerados básicos, requiriendo
atención en un breve plazo de tiempo con el fin de prevenir, evitar o paliar procesos de exclusión
social y garantizar de manera temporal la cobertura de las necesidades personales básicas de
subsistencia.
2. Por su naturaleza y finalidad de prestación de carácter asistencial, a las ayudas
extraordinarias de apoyo social para contingencias, no le resultará de aplicación la normativa en
materia de subvenciones.
3. La concesión de estas ayudas queda condicionada a la disponibilidad de crédito a la fecha
de resolución de la solicitud.
Artículo 3.- Características.
1. Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias, no tendrán carácter
periódico o indefinido, limitándose a cubrir mediante un pago único las necesidades
puntuales e inusuales originadas por contingencias extraordinarias que afecten a las
personas destinatarias. Las situaciones crónicas deberán ser derivadas a otros recursos
sociales e institucionales.
2. Tienen carácter finalista, debiendo destinarse exclusivamente a financiar el gasto para el
que han sido concedidas.
Cód.
Validación:
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CVE:
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Pág. 13503