Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monroy. (BOP-2025-2758)
BOP-2025-2758 Modificación de Ordenanza Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
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Disposición final.-La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor, una vez publicada
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo previsto en la Disposición
Transitoria Quinta de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988,
Reguladora de las Haciendas Locales, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresa.
ANEXO: ORDENANZA REGULADORA DEL CARTEL DE OBRA
Artículo 1. Deber de colocación del cartel de obra.
En toda obra o construcción deberá figurar el correspondiente cartel oficial indicativo de la
concesión de la licencia o autorización, a efecto de su conocimiento e identificación
administrativa, según lo establecido en el artículo 160 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre,
de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS):
“1. En toda obra de construcción, edificación, instalación o urbanización será obligatoria la
existencia de un cartel oficial informativo que resulte visible desde la vía pública, que cuente
con información sobre la fecha de otorgamiento de licencia y el objeto de las obras autorizadas,
facilitando las tareas de inspección, de manera que cualquier agente de la autoridad o los
servicios técnicos municipales puedan saber si determinada obra cuenta con la necesaria
autorización municipal.
2. La publicidad que se haga de las obras por cualquier medio no podrá contener indicación
alguna disconforme con la ordenación urbanística ni susceptible de inducir a error a los
adquirentes sobre las restantes condiciones urbanísticas de ejecución.
3. Las disposiciones generales relativas a la colocación del preceptivo cartel informativo de
obra se recogerán en las correspondientes ordenanzas municipales.
4. Las licencias o comunicaciones previas de uso y actividad se exhibirán en un lugar visible
del local, establecimiento o instalación, con la información y características que dispongan las
correspondientes ordenanzas municipales.”
Artículo 2.Características del cartel.
El cartel tendrá formato DIN A-4. En la parte superior (esquina derecha) figurará el escudo
municipal. A continuación, dentro de un recuadro, se leerá “Ayuntamiento de Monroy”. Debajo
de esta leyenda y dentro del recuadro se leerá: “Licencia/Autorización Municipal”. Debajo del
escudo municipal y del recuadro que ocupan la parte superior, figurarán los siguientes datos y
por este orden:
CVE:
BOP-2025-2758
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de junio de 2025
N.º 0103
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