Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2025-2728)
BOP-2025-2728 Concesión administrativa de uso privativo del bar-cafetería del hogar de mayores.
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AYUNTAMIENTO DE TORREMOCHA (Cáceres)
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b) Definitiva.- El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las
obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una Garantía definitiva correspondiente al
10% del canon ofertado.
En cuanto a las formas admisibles de prestarse la garantía definitiva se estará a lo previsto en el
artículo 108 LCSP.
La constitución de esta garantía deberá ser acreditada por aquél en el plazo de 10 días hábiles,
contados desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el requerimiento del
Ayuntamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 150.2 del LCSP.
En todo caso, la garantía definitiva responderá únicamente de los conceptos especificados en el
Art. 110 LCSP.
13. Derechos y deberes del contratista.
El concesionario tendrá derechos a explotar el servicio y percibir las contraprestaciones
económicas pertinentes durante el tiempo de la concesión.
Serán deberes del contratista los siguientes:
1. El contratista prestará el servicio del bar en los locales donde se encuentran las instalaciones
del Bar-Cafetería del Hogar de mayores, limitándose a ocupar el espacio determinado en el
ANEXO II del PTT.
2. El horario mínimo diario será que se indica en el anexo IV del presente pliego.
3. El contratista deberá conservar y mantener en perfecto estado las instalaciones destinándolas
exclusivamente al uso pactado. En todo caso el contratista habrá de dar preferencia en la
prestación del Servicio a los miembros de la Asociación de Pensionistas de Torremocha sobre
quienes no ostenten esta condición.
4. Los derechos de autor que puedan derivarse de la difusión de imágenes o música serán
asimismo a cargo del contratista y respetar la normativa vigente en cuanto a ruidos y
vibraciones.
5. Deberá asimismo de asumir el mantenimiento y la reparación de las instalaciones del bar
haciéndose cargo de todos los gastos por dicho concepto. En caso de demostrarse roturas o
desperfectos graves que impliquen reposición debido a antigüedad de algunos de los
elementos de las instalaciones exceptuando las obligatorias en este Pliego, corresponderá al
Ayuntamiento asumir la parte proporcional que este estime por el desgaste en función de la
vida útil de los mismos que se estima en 25 años.
6. Deberá prestar el servicio del modo dispuesto en el presente pliego así como en el pliego de
condiciones técnicas debiendo, en todo caso, acatar lo que en cualquier momento posterior
ordene el Ayuntamiento relativo a la prestación del Servicio. Deberá en todo caso recabar la
previa autorización del Ayuntamiento para cualquier modificación de las instalaciones.
7. Explotará de manera directa y personal la actividad a que se destina el referido local.
Cód.
Validación:
6D2CT9J74NT6A9HZLW5LHFQL2
Verificación:
https://torremocha.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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