Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2025-2709)
BOP-2025-2709 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa de Formación y Empleo ESCALA "VERA ESCALA."
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Plaza Don Juan de Austria nº 2 10430 Cuacos de Yuste
e-mail veraescala24@gmail.com
trabajo.
7. Los empleados laborales tendrán derecho a 6 días naturales por asuntos propios (HABIÉNDOLOS
GENERADO PREVIAMENTE), a disfrutar a conveniencia del empleado, previa comunicación con dos
días de antelación y siempre que el servicio lo permita, con arreglo al contrato de trabajo que
tengan suscrito y no serán acumulables a las vacaciones anuales salvo circunstancias excepcionales
que se valorarán por sus superiores.
Se considerarán días festivos los que se recogen en el calendario oficial de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, más las fiestas locales que durante el presente contrato corresponden a los días 4 de marzo y
25 de julio para los alumnos de hostelería, y el 28 de abril y el 24 de junio para los alumnos de Forestal,
días de permiso retribuido.
NOTA:
Todas las ausencias laborales que se acojan a los supuestos legales anteriormente citados se consideraran
como FALTAS JUSTIFICADAS Y RETRIBUIDAS.
Todas las ausencias laborales que no se acojan a los supuestos legales anteriormente citados, pero de las
que se presente justificante oficial debidamente cumplimentado se considerarán como FALTAS
JUSTIFICADAS NO RETRIBUIDAS. En este caso se procederá al descuento de haberes.
Todas las ausencias laborales que no se acojan a los supuestos legales anteriormente citados y/o no se
avisen o justifiquen en la debida forma se considerarán FALTAS INJUSTIFICADAS. En este caso se procederá
al descuento de haberes y será motivo de sanción disciplinaria.
La justificación de las ausencias deberá realizarse en un plazo máximo de 72 horas.
SUSPENSIÓN CON RESERVA DEL PUESTO DE TRABAJO POR PARTO
En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas,
ampliables en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El
período de suspensión se distribuirá a opción de la interesada siempre que seis semanas sean
inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de la madre, con independencia de que ésta
realizara o no algún trabajo, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que
reste del período de suspensión, computado desde la fecha del parto, y sin que se descuente del mismo la
parte que la madre hubiera podido disfrutar con anterioridad al parto. En el supuesto de fallecimiento del
Cód.
Validación:
6PEL4PDHJQ2LHN7GDLF7L6Z72
Verificación:
https://mancomunidaddelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
10
CVE:
BOP-2025-2709
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12916