Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2025-2709)
BOP-2025-2709 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa de Formación y Empleo ESCALA "VERA ESCALA."
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Plaza Don Juan de Austria nº 2 10430 Cuacos de Yuste
e-mail veraescala24@gmail.com
- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales, así como del
vestuario y equipos de protección individual entregados.
- La inobservancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo establecidas.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales.
- La reincidencia en la comisión de faltas leves, hasta cuatro dentro de un mismo trimestre, aunque sean
de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de amonestación expresa.
C) FALTAS MUY GRAVES
- Más de seis faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
- Más de ocho faltas de asistencia sin causa justificada en el plazo de un año.
- La manifiesta insubordinación, comportamiento inadecuado o notoria falta de rendimiento en el
cumplimiento de sus obligaciones.
- El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los manifiestos síntomas de
intoxicación, que repercutan negativamente en el mismo.
- Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos de importancia en instalaciones,
maquinaria, herramientas o materiales y, en general, cualquier conducta constitutiva de delito doloso.
- El consumo habitual de alcohol o drogas que repercuta gravemente en el trabajo.
- El maltrato verbal o físico, o la falta grave de respeto y consideración en la persona de un compañero.
- La reincidencia en la comisión de faltas graves, hasta tres en el periodo de un año, aunque sean de
distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de sanción.
SANCIONES
Las sanciones que procederá imponer en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán
las siguientes:
Cód.
Validación:
6PEL4PDHJQ2LHN7GDLF7L6Z72
Verificación:
https://mancomunidaddelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
10
CVE:
BOP-2025-2709
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12912
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- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales, así como del
vestuario y equipos de protección individual entregados.
- La inobservancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo establecidas.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales.
- La reincidencia en la comisión de faltas leves, hasta cuatro dentro de un mismo trimestre, aunque sean
de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de amonestación expresa.
C) FALTAS MUY GRAVES
- Más de seis faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
- Más de ocho faltas de asistencia sin causa justificada en el plazo de un año.
- La manifiesta insubordinación, comportamiento inadecuado o notoria falta de rendimiento en el
cumplimiento de sus obligaciones.
- El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los manifiestos síntomas de
intoxicación, que repercutan negativamente en el mismo.
- Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos de importancia en instalaciones,
maquinaria, herramientas o materiales y, en general, cualquier conducta constitutiva de delito doloso.
- El consumo habitual de alcohol o drogas que repercuta gravemente en el trabajo.
- El maltrato verbal o físico, o la falta grave de respeto y consideración en la persona de un compañero.
- La reincidencia en la comisión de faltas graves, hasta tres en el periodo de un año, aunque sean de
distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de sanción.
SANCIONES
Las sanciones que procederá imponer en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán
las siguientes:
Cód.
Validación:
6PEL4PDHJQ2LHN7GDLF7L6Z72
Verificación:
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