Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2025-2631)
BOP-2025-2631 Modificación Ordenanza Reguladora Tasa Suministro Agua.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE
ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE
Ayuntamiento de Zorita Pág. 7 de 10
4º.- Usos excepcionales fuera casco urbano.
No se autorizarán enganches a la red de suministro en inmuebles fuera del
casco urbano. De forma excepcional se podrán autorizar enganches de suministro
únicamente para consumo humano fuera del casco urbano si el/a solicitante reside
habitualmente en el inmueble para el que se solicita. En caso de contar con pozo de
sondeo deberá acreditar que el agua no es apta para el consumo humano. Estas
circunstancias excepcionales serán valorados por los servicios técnicos municipales
antes de informar sobre la procedencia de la autorización. Así mismo se podrán
autorizar para proyectos comerciales o industriales de interés social para el
Ayuntamiento. Las obras necesarias para el enganche serán por cuenta del/a
solicitante.
5º.- Autorizaciones.
Se establece la obligatoriedad de solicitar por escrito al Ayuntamiento
autorización para efectuar la conexión o desconexión con la red de abastecimiento,
así como cualquier otro tipo de trabajo relacionado, tal como cambio de contador,
desprecintado, etc., a efectos de tomar la última lectura del equipo sustituido. El
incumplimiento de esta obligación, así como el desprecintado del contador sin
autorización del Ayuntamiento, se sancionará con una multa de 50 euros
Las autorizaciones serán previamente informadas por los equipos técnicos
municipales y autorizadas por la Alcaldía, prevaleciendo los criterios de
conservación de la vía pública y el interés general por delante de los intereses de
los/as solicitantes.
6º.- Lectura estimada
Si por circunstancias extraordinarias e imprevistas del funcionamiento de
servicio, no pudiera llevarse a cabo la lectura de los contadores del municipio en el
plazo correspondiente al cuatrimestre que corresponda, se podrá realizar una
lectura estimada, en función del recibo del ultimo cuatrimestre abonado.
ARTÍCULO 8. Devengo
El devengo nace en el momento que se inicia la prestación del servicio
sujeto a gravamen, entendiéndose iniciado:
— Desde la fecha de presentación de la solicitud de suministro, cuando se
proceda a la instalación de la acometida, enganche y puesta de contador, que
deberá realizarse obligatoriamente en el plazo de un mes, contado partir de la
autorización del Ayuntamiento para el enganche.
CVE:
BOP-2025-2631
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12601
ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE
Ayuntamiento de Zorita Pág. 7 de 10
4º.- Usos excepcionales fuera casco urbano.
No se autorizarán enganches a la red de suministro en inmuebles fuera del
casco urbano. De forma excepcional se podrán autorizar enganches de suministro
únicamente para consumo humano fuera del casco urbano si el/a solicitante reside
habitualmente en el inmueble para el que se solicita. En caso de contar con pozo de
sondeo deberá acreditar que el agua no es apta para el consumo humano. Estas
circunstancias excepcionales serán valorados por los servicios técnicos municipales
antes de informar sobre la procedencia de la autorización. Así mismo se podrán
autorizar para proyectos comerciales o industriales de interés social para el
Ayuntamiento. Las obras necesarias para el enganche serán por cuenta del/a
solicitante.
5º.- Autorizaciones.
Se establece la obligatoriedad de solicitar por escrito al Ayuntamiento
autorización para efectuar la conexión o desconexión con la red de abastecimiento,
así como cualquier otro tipo de trabajo relacionado, tal como cambio de contador,
desprecintado, etc., a efectos de tomar la última lectura del equipo sustituido. El
incumplimiento de esta obligación, así como el desprecintado del contador sin
autorización del Ayuntamiento, se sancionará con una multa de 50 euros
Las autorizaciones serán previamente informadas por los equipos técnicos
municipales y autorizadas por la Alcaldía, prevaleciendo los criterios de
conservación de la vía pública y el interés general por delante de los intereses de
los/as solicitantes.
6º.- Lectura estimada
Si por circunstancias extraordinarias e imprevistas del funcionamiento de
servicio, no pudiera llevarse a cabo la lectura de los contadores del municipio en el
plazo correspondiente al cuatrimestre que corresponda, se podrá realizar una
lectura estimada, en función del recibo del ultimo cuatrimestre abonado.
ARTÍCULO 8. Devengo
El devengo nace en el momento que se inicia la prestación del servicio
sujeto a gravamen, entendiéndose iniciado:
— Desde la fecha de presentación de la solicitud de suministro, cuando se
proceda a la instalación de la acometida, enganche y puesta de contador, que
deberá realizarse obligatoriamente en el plazo de un mes, contado partir de la
autorización del Ayuntamiento para el enganche.
CVE:
BOP-2025-2631
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12601