Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2025-2630)
BOP-2025-2630 Aprobación Ordenanza Reguladora y Fiscal uso Locales Públicos.
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MODELO DE ORDENANZA REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN TEMPORAL O
ESPORÁDICA DEL BAR DE LA CASA DE CULTURA
Ayuntamiento de Zorita Pág. 7 de 10
Cualquier uso de los edificios, locales e instalaciones municipales estará
supeditado al funcionamiento habitual de los servicios públicos y de las actividades
propias a desarrollar en el edificio, local o instalación.
La resolución podrá exigir la constitución de fianza en cualquiera de las
formas legalmente admitidas. En tal caso, la fianza responderá del cumplimiento de
las obligaciones de buen uso y restitución de los edificios, locales e instalaciones
municipales a la situación anterior al momento de la cesión. Asimismo, garantizará
la indemnización de daños y perjuicios cuando deban responder los usuarios de los
que efectivamente se produzcan en los edificios, locales e instalaciones cedidos.
También responderá del pago de las sanciones que puedan imponerse en virtud de
la aplicación de la presente Ordenanza.
La resolución podrá imponer condiciones particulares en relación al aforo
máximo permitido, restricciones al acceso de menores o limitaciones derivadas de
la normativa vigente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
ARTÍCULO 10. Fianza
En la resolución que autorice el uso de los mismos se podrá exigir la
constitución de fianza en cualquiera de las formas legalmente admitidas. La fianza
responderá del cumplimiento de las obligaciones de buen uso y restitución de los
edificios, locales e instalaciones municipales la situación anterior al momento de la
cesión.
Asimismo, garantizará la indemnización de daños y perjuicios cuando deban
responder los usuarios de los que efectivamente se produzcan en los edificios,
locales e instalaciones cedidos; también responderá del pago de las sanciones que
puedan imponerse en virtud de la aplicación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 11. Comprobación Municipal del Uso Adecuado
Concluido el uso de edificio local municipal, los usuarios comunicarán al
Ayuntamiento esta circunstancia. El Ayuntamiento podrá practicar cuantas
comprobaciones considere oportunas a los efectos del cumplimiento de las
obligaciones de los usuarios establecidas en esta Ordenanza y demás legislación
vigente.
CVE:
BOP-2025-2630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
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