Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2604)
BOP-2025-2604 Concurso de méritos específicos para la provisión del puesto de Jefatura de Sección de Infraestructuras de Sistemas Informáticos. Convocatoria.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Por tener grado personal consolidado se adjudicará la puntuación siguiente:
Por grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 0,9 puntos.
Por grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 0,70 puntos.
Por grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 0,35 puntos.
A-4 Antigüedad: Hasta un máximo de 1,6 puntos:
Por servicios prestados en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres o en otras
Administraciones Públicas: 0,015 puntos por mes completo.
No se podrán valorar servicios simultáneos, en el caso de que este hecho suceda, se
valorarán los servicios que más beneficien a los/las interesados/as.
A-5. Cursos (máximo 3,6 puntos):
Por cursos de formación y perfeccionamiento, cuyo contenido verse sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del cuerpo/escala o categoría profesional al
que estés adscritos los puestos que se solicitan, así como las materias transversales de igualdad y
riesgos laborales:
• Por la participación como asistente: Por cada hora de duración 0,005 puntos.
• Por cursos impartidos: Por cada hora de duración 0,005 puntos, hasta un máximo de 1 punto.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,02
puntos.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos, estableciendose la equivalencia
de 10 horas por crédito. No obstante cuando la duración de las actividades formativas venga
determinada en días y/o Jornadas, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del
curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos.
A estos efectos se considerarán actividades formativas los cursos, los congresos, jornadas y
otras acciones formativas similares.
Para la valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o fotocopia de la
certificación que exprese que ha participado como docente en una determinada actividad formativa
y se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las colaboraciones, ni
las tutorías.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o
categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
CVE:
BOP-2025-2604
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12440
Por grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 0,9 puntos.
Por grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 0,70 puntos.
Por grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 0,35 puntos.
A-4 Antigüedad: Hasta un máximo de 1,6 puntos:
Por servicios prestados en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres o en otras
Administraciones Públicas: 0,015 puntos por mes completo.
No se podrán valorar servicios simultáneos, en el caso de que este hecho suceda, se
valorarán los servicios que más beneficien a los/las interesados/as.
A-5. Cursos (máximo 3,6 puntos):
Por cursos de formación y perfeccionamiento, cuyo contenido verse sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del cuerpo/escala o categoría profesional al
que estés adscritos los puestos que se solicitan, así como las materias transversales de igualdad y
riesgos laborales:
• Por la participación como asistente: Por cada hora de duración 0,005 puntos.
• Por cursos impartidos: Por cada hora de duración 0,005 puntos, hasta un máximo de 1 punto.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,02
puntos.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos, estableciendose la equivalencia
de 10 horas por crédito. No obstante cuando la duración de las actividades formativas venga
determinada en días y/o Jornadas, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de
proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del
curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos.
A estos efectos se considerarán actividades formativas los cursos, los congresos, jornadas y
otras acciones formativas similares.
Para la valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o fotocopia de la
certificación que exprese que ha participado como docente en una determinada actividad formativa
y se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las colaboraciones, ni
las tutorías.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o
categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
CVE:
BOP-2025-2604
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12440