Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2515)
BOP-2025-2515 Convocatoria Concesión de Subvenciones 2025.
20 páginas totales
Página
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texto legal.
El/la instructor/a realizará de oficio cuantas actuaciones y comprobaciones estime necesarias
para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formularse la propuesta de resolución.
Las actividades de instrucción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ordenanza
General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cáceres, comprenderán:
La petición de cuantos informes estime necesario para resolver o que sean exigidos por las
normas que regulan la subvención. En la petición se hará constar, en su caso, el carácter
determinante de aquellos informes que sean preceptivos.
La evaluación de las solicitudes, efectuada conforme a los criterios, formas y prioridades de
valoración establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado previsto en las presentes bases,
conforme a los criterios establecidos, formulará la propuesta de Resolución Provisional, a
través del órgano Instructor, debidamente motivada.
La Propuesta de Resolución Provisional deberá notificarse a los/as interesados/as y se
concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones. En el caso de no presentarse
alegaciones la Propuesta de Resolución Provisional quedará elevada a definitiva.
No obstante, podrá prescindirse del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento
ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas aducidas por los/as
interesados/as. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá carácter de
definitiva.
Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los/as interesados/as, se formulará
propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el/la solicitante o la relación de
solicitantes para los que se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando
su evaluación y los criterios seguidos para efectuarla.
La propuesta de resolución provisional o definitiva no crea derecho alguno a favor del/a
beneficiario/a propuesto/a frente al Ayuntamiento, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
El órgano colegiado competente para formular la propuesta de concesión estará compuesto
por:
CVE:
BOP-2025-2515
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11879
El/la instructor/a realizará de oficio cuantas actuaciones y comprobaciones estime necesarias
para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formularse la propuesta de resolución.
Las actividades de instrucción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ordenanza
General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cáceres, comprenderán:
La petición de cuantos informes estime necesario para resolver o que sean exigidos por las
normas que regulan la subvención. En la petición se hará constar, en su caso, el carácter
determinante de aquellos informes que sean preceptivos.
La evaluación de las solicitudes, efectuada conforme a los criterios, formas y prioridades de
valoración establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado previsto en las presentes bases,
conforme a los criterios establecidos, formulará la propuesta de Resolución Provisional, a
través del órgano Instructor, debidamente motivada.
La Propuesta de Resolución Provisional deberá notificarse a los/as interesados/as y se
concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones. En el caso de no presentarse
alegaciones la Propuesta de Resolución Provisional quedará elevada a definitiva.
No obstante, podrá prescindirse del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento
ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas aducidas por los/as
interesados/as. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá carácter de
definitiva.
Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los/as interesados/as, se formulará
propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el/la solicitante o la relación de
solicitantes para los que se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando
su evaluación y los criterios seguidos para efectuarla.
La propuesta de resolución provisional o definitiva no crea derecho alguno a favor del/a
beneficiario/a propuesto/a frente al Ayuntamiento, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
El órgano colegiado competente para formular la propuesta de concesión estará compuesto
por:
CVE:
BOP-2025-2515
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11879