Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2025-2399)
BOP-2025-2399 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores.
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mismo, de sus derechos y obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su
condición de residente.
1. Firma del contrato de admisión por parte del interesado y familiar, persona
responsable o representante y en el que constarán los siguientes datos:
- Filiación del interesado y familiar.
- Datos identificativos del familiar, persona responsable o representante.
- Descripción del estado físico y psíquico del nuevo usuario.
- Acuse de recibo del presente Reglamento y firma en cada una de sus hojas en
prueba de conformidad.
2. El futuro usuario aportará certificado médico de su estado físico y psíquico.
3. La condición de usuario se perderá por alguna de las siguientes causas:
- A petición propia.
- Por sanción disciplinaria.
- Por fallecimiento.
4. En caso de que el interesado no pueda firmar el contrato por imposibilidad física o
psíquica, firmará su representante.
5. Si el interesado no supiese firmar, colocará la huella dactilar del índice derecho en el
lugar reservado para su firma, delante de los testigos que firmarán debajo de la
impresión dactilar. De no saber firmar el responsable o representante, se actuará de
idéntica forma que para el Residente.
Artículo 7º.- La resolución de admisión al Centro correspondiente, vendrá condicionada al
cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que el ingreso en el centro receptivo se efectúe en el plazo máximo de los quince
días siguientes a la recepción de la notificación de la plaza adjudicada.
b) Que se efectúe el compromiso formal a que se refiere el artículo 16 del Decreto
88/96.
c) Abono del precio público correspondiente.
Artículo 8º.- Se notificará personalmente a los interesados la adjudicación de plazas, con
indicación de fecha a partir de la cual se podrá hacer efectivo el ingreso y del precio público
a satisfacer.
Plaza de España, 1 · Aldeacentenera. 10251 (Cáceres) · Tfno. 927 31 40 27 – E-mail: admon@aldeacentenera.es
Cód.
Validación:
3N4LTZALADN7HWKZHNTFERQRL
Verificación:
https://aldeacentenera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-2399
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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