Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2025-2387)
BOP-2025-2387 Aprobación definitiva de Reglamento de Régimen Interno del Programa de Formación en alternancia con el Empleo ESCALA "Para construir futuro, pintamos todos/as."
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Respetar las normas internas del Centro y las instrucciones del personal técnico en el
ejercicio de las funciones que cada uno tenga encomendadas.
Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del Programa, así como
mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan de Formación y realizar de forma
responsable las tareas efectivas que se deriven del mismo.
Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuan- tas
tareas se realicen durante la jornada. Comunicarán con antelación cualquier salida del
puesto de trabajo que tengan que realizar (médico, notario, examen…).
Respetar las instalaciones, mobiliario y material del centro.
Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo, reponiéndolo en caso de pérdida de la herramienta personal.
Cumplir las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo.
Nunca deben quitarse los equipos de protección individual necesarios para realizar las
tareas.
Aplicar las buenas prácticas ambientales en el puesto de trabajo.
Los propios del estatuto de los/as Trabajadores/as.
Artículo 9.- Asistencia.
El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado
por su monitor/a, a quien tendrá que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo
contrario, se le imputará una falta por abandono del puesto de trabajo y, en caso de
producirse reiteración en dicha conducta, se procederá a abrir expediente disciplinario.
El justificante de haber asistido a consulta no justifica todo el día de trabajo.
En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza en localidad distinta, se analizarán
por parte del equipo técnico, atendiendo a cada circunstancia personal.
Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas
o no serán descontadas del cómputo total de horas del módulo formativo que se esté
impartiendo. No obstante, si no se asistiera al menos al 75% de la duración asignada a
los módulos teórico-prácticos no tendrá derecho a presentarse a las pruebas que se
realicen para superar el módulo formativo.
CAPÍTULO VII. RÉGIMEN DISCIPLINARIO.
Consideraciones:
El régimen disciplinario a aplicar al personal afectado al presente Reglamento, será el mismo
que se aplique a los funcionarios y se regirá por lo dispuesto en la L.B.R.L., Texto Refundido,
CVE:
BOP-2025-2387
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de mayo de 2025
N.º 0090
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