Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2208)
BOP-2025-2208 Convocatoria de Subvenciones para Financiación de Obras de Rehabilitación de Edificios en Entorno Residencial de Rehabilitación Programada "Programa Barrio Plaza de Toros."
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actividad subvencionada.
c). Cumplir con las obligaciones de comunicación y publicidad estipuladas por el Ministerio de
Movilidad, Transportes y Agenda Urbana del Gobierno de España
(https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos- singulares/prtr/transporte/publicidad-y-difusion-
de-las-ayudas-del-mecanismo-de-recuperacion-y-resiliencia
(https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/transporte/publicidad-y-difusion-
de-las-ayudas- del-mecanismo-de-recuperacion-y-resiliencia) )
4.8. Justificación.
La justificación de la ayuda por parte de los destinatarios últimos deberá realizarse en un plazo de
tres meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.
Deberá remitirse a la Oficina de Gestión del Programa Barrio la siguientedocumentación:
− Facturas de gastos de las actuaciones a subvencionar.
− En su caso, el proyecto de obra.
− En su caso, certificado final de la obra suscrito por el director de la obra y director de la
ejecución material.
− Certificados de eficiencia energética anteriores y posteriores a las obras, acompañados de
una copia fehaciente de sus registros que acrediten la consecución de los objetivos de
reducción de consumo y demanda de energía establecidos en el apartado 6 de la presente
convocatoria, en el caso de haberse opuesto a su consulta.
− Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
concesión de la subvención. Documentación fotográfica en color.
− Declaración responsable que incluya detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan
financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
− Relación certificada y copia de las facturas, así como sus correspondientes justificantes
bancarios de pago, correspondientes a la inversión realizada y que correspondan al
presupuesto y contratos presentados.
4.9. Cuantía de las ayudas.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del ahorro energético conseguido con las
actuaciones llevadas a cabo, según lo estipulado en el siguiente cuadro:
Ahorro energético
conseguido con la
actuación
Porcentaje máximo de la
subvención del coste la
actuación
Vivienda
Locales comerciales
u otros usos
Cuantía máxima de la
ayuda por vivienda (€)
Cuantía máxima de la
ayuda por m² (€)
30% ≤ ΔCep,nern< 45% 40 8.100,00 72,00
45% ≤ ΔCep,nern< 60% 65 14.500,00 130,00
ΔCep,nern ≥ 60% 80 21.400,00 192,00
Cuando los solicitantes de la ayuda se encuentren en alguna situación de vulnerabilidad
CVE:
BOP-2025-2208
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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