Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-1906)
BOP-2025-1906 Convenio de Encomienda Gestión de Servicios de RSU suscrito con la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
naturaleza de ingreso de derecho público. Los ejercicios de estas facultades serán delegadas
en el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la compensación al
Consorcio MásMedio, de la deuda municipal que se pudiera derivar de las obligaciones
contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con cualquiera de las
transferencias de fondos que la Administración General del Estado incluyendo la
participación municipal en los Tributos del Estado, la Junta de Extremadura o el Consorcio
MásMedio tenga que realizar a su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio de
la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las partes
hubiera notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia quedará ampliada
por otro periodo de igual duración.
UNDÉCIMA - Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos
miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la
Presidencia o Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de presidente de la
comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma
nombrado por el Consorcio MásMedio, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar las
tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones litigiosas
que puedan surgir.
La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las
dos administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones
relacionadas con la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en
el presente documento y por lo estipulado en la LRJSP.
DUODÉCIMA - Comprobación, inspección y vigilancia de las infraestructuras,
instalaciones y equipo vinculados al servicio encomendado.
CVE:
BOP-2025-1906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de abril de 2025
N.º 0075
Pág. 8950
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
naturaleza de ingreso de derecho público. Los ejercicios de estas facultades serán delegadas
en el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la compensación al
Consorcio MásMedio, de la deuda municipal que se pudiera derivar de las obligaciones
contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con cualquiera de las
transferencias de fondos que la Administración General del Estado incluyendo la
participación municipal en los Tributos del Estado, la Junta de Extremadura o el Consorcio
MásMedio tenga que realizar a su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio de
la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las partes
hubiera notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia quedará ampliada
por otro periodo de igual duración.
UNDÉCIMA - Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos
miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la
Presidencia o Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de presidente de la
comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma
nombrado por el Consorcio MásMedio, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades de
colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar las
tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones litigiosas
que puedan surgir.
La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las
dos administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones
relacionadas con la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en
el presente documento y por lo estipulado en la LRJSP.
DUODÉCIMA - Comprobación, inspección y vigilancia de las infraestructuras,
instalaciones y equipo vinculados al servicio encomendado.
CVE:
BOP-2025-1906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de abril de 2025
N.º 0075
Pág. 8950