Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-1906)
BOP-2025-1906 Convenio de Encomienda Gestión de Servicios de RSU suscrito con la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
A la firma del convenio se formalizará el Acta de Comprobación del Servicio de
Recogida, Tratamiento y Reciclaje de Residuos Domésticos y asimilados en el que se
describirán detalladamente, con reportaje fotográfico, el estado en que se encuentran las
instalaciones e infraestructuras donde se presta el servicio, incluyendo el personal adscrito
al mismo y que deberá incorporarse en la gestión futura a prestar por el Consorcio
MásMedio.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el Consorcio
MásMedio desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la optimización de las
instalaciones del servicio, según la planificación establecida en el Informe Técnico-
Económico del Servicio.
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver
anticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los daños y
perjuicios ocasionados, y devolver posibles anticipos que pudiera haber recibido por
cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones realizadas. Para ello, los
servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un informe técnico-económico que
reflejen los perjuicios causados y las indemnizaciones que correspondan, que será
trasladado alAYUNTAMIENTO, en trámite de audiencia, para la formulación de alegaciones
por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará Resolución por
la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos administrativos correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al AYUNTAMIENTO
aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente de ejecutar.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que el AYUNTAMIENTO no
preste su conformidad a la liquidación contable y satisfaga, en su caso, la totalidad de su
deuda. En cualquier caso, entre la denuncia del Convenio y su resolución definitiva deberán
transcurrir al menos doce meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal incorporado a los
nuevos servicios pasará nuevamente al servicio municipal según lo establecido en la
legislación vigente en materia laboral, no recayendo en el Consorcio MásMedio ninguna
obligación laboral respecto de los trabajadores implicados.
CVE:
BOP-2025-1906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de abril de 2025
N.º 0075
Pág. 8951
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
A la firma del convenio se formalizará el Acta de Comprobación del Servicio de
Recogida, Tratamiento y Reciclaje de Residuos Domésticos y asimilados en el que se
describirán detalladamente, con reportaje fotográfico, el estado en que se encuentran las
instalaciones e infraestructuras donde se presta el servicio, incluyendo el personal adscrito
al mismo y que deberá incorporarse en la gestión futura a prestar por el Consorcio
MásMedio.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el Consorcio
MásMedio desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la optimización de las
instalaciones del servicio, según la planificación establecida en el Informe Técnico-
Económico del Servicio.
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver
anticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los daños y
perjuicios ocasionados, y devolver posibles anticipos que pudiera haber recibido por
cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones realizadas. Para ello, los
servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un informe técnico-económico que
reflejen los perjuicios causados y las indemnizaciones que correspondan, que será
trasladado alAYUNTAMIENTO, en trámite de audiencia, para la formulación de alegaciones
por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará Resolución por
la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos administrativos correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al AYUNTAMIENTO
aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente de ejecutar.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que el AYUNTAMIENTO no
preste su conformidad a la liquidación contable y satisfaga, en su caso, la totalidad de su
deuda. En cualquier caso, entre la denuncia del Convenio y su resolución definitiva deberán
transcurrir al menos doce meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal incorporado a los
nuevos servicios pasará nuevamente al servicio municipal según lo establecido en la
legislación vigente en materia laboral, no recayendo en el Consorcio MásMedio ninguna
obligación laboral respecto de los trabajadores implicados.
CVE:
BOP-2025-1906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de abril de 2025
N.º 0075
Pág. 8951